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"Refiriéndose a investigaciones recibidas de organizacio– nes religiosas mantenidas en los Estados Unidos de América, tengo la honra de pedirle a V. E. que se digne suministrar cier– tos informes con respecto al establecimiento de Misiones según la "Ley de Misiones", publicada en la Gaceta Oficial ele 17 ele Junio de 1.915, número ele 12.562. Estos investigadores desean especialmente saber si tales Misiones tienen permiso para ele– gir su territorio, y si un territorio que ya se haya adjudicado a otra Misión se juzga o no, como territorio exclusivo. Parece que las personas que han dirigido estas investigaciones de:ica:1 propagar el Evangelio en secciones rern.otas del país, particu– larmente entre las tribus ele los indios. Juzga este Ministerio que existe una mala inteligencia de las organizaciones religiosas aludidas por el Señor Ministro de los Estados Unidos de América, respecto al signifcado de las Misiones que provee la Ley respectiva; y al hacer a V. el tras– lado que antecede por cuanto corresponde al Despacho de su digno cargo, me permito referirme a la correspondencia cam– biada entre ambos Despachos en Febrero de 1.914, sobre las relaciones de las Iglesias protestantes con el Estado de Ve– nezuela. Dios y Federación. Ignacio Andrade TEXTO N 9 105 (bis) Estados Unidos de Venezuela. - Ministerio ele Relaciones Interiores. Dirección Administrativa. - Sección Adminis– trativa.-N'! 770.-Caracas, 28 de Agosto de 1.915.-1069 y 57'-'. Ciudadano Ministro de Relaciones Exteriores. Ciudad: Se ha recibido en este Ministerio la atenta comunicación de V. fe– cha 21 de los corrientes y N'-' 898, Derecho público Exterior en la que se sirve insertar una nota dirigida a la Cancillería por por el Señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipoten– ciario de los Estados Unidos de América sobre el estableci- - 310 -

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