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Que se acceda a la solicitud de los indígenas de la Comu– nidad de l\Iitare, Distrito capital del Estado Falcón, debiendo, en consecuencia, las autoridades competentes respetar y ha– cer respetar lo ordenado por la presente Resolución, que ra– tifica el vigor de la dictada sobre la materia en 26 de junio de 1889; y que excite a los solicitantes a continuar el proce– dimiento de la partición de sus Resguardos, que habiendo co– menzado en acatamiento a la Ley de 25 de mayo de 1885, y que dicen haberse interrumpido por diversas causas. Comuníquese al Presidente del Estado Falcón para el de– bido conocimiento de las autoridades a quienes corresponda; y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional, J. Francisco Castillo. (Memoria del Ministerio de Relaciones Interiores. Año 1896. pág. 90-91). TEXTO N° 73 RESOLUCION DE 31 DE DICIEl\IBRE DE 1895, sobre la Misión accidental del Cuyuní. ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. - l\Iinisterio de Relaciones Interiores. - Dirección Política. - Caracas, 31 de diciembre de 18D5; 85 y 37. - Resuelto: El ciudadano Presidente de la República ha tenido a bien Resolver: que destine a la n11s1011 accidental creada en la Comisaría Nacional del Cuyuní por Resolución de 1°1 del mes que expi– ra hoy, acompañando al señor Presbítero Santiago Annovaz– zi, l\Iisionero Apostólico y Jefe de dicha Misión al señor Pres– bítero Renato Chaigneau, en reemplazo del Presbítero doc– tor Antonio Lopomo, quien queda, en consecuencia, relevado de dicho cargo. El señor Presbítero Renato Chaigneau disfru– tará del mismo sueldo mensual de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,oo) que tenía asignado el señor Presbítero doctor Lo– porno.

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