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que era la de 2 de junio de 1882, ocurriendo por el título de– finitivo a Ejecutivo Nacional, mediante los lrúmites allí esta– blecidos, y no al Ejecutivo del Estado Lara, como lo hizo in– terpretando mal la antigua Ley de 28 de marzo de 1853; y juzga, por tanto, el Gobierno Nacional, que los actos subsi– guientes del Gobierno del Estado Lara, y del Consejo Muni– cipal del Distrito Sucre coliden con la Constitución Nacional y con las Leyes aplicables en este caso, por lo cual tocará en definitiva a la Alta Corte Federal decidir lo conveniente, de– nunciada como queda por este Despacho la informalidad le– gnl de que ndolecen dichos actos, que se consideran nulos y de ningún valor ni efecto. Por todo lo expuesto, el ciudadano Consejero de gobier– no, Encargado de la Presidencia de la República, ha tenido a bien . . . . . . HesolYer: Primero :-Que la solicitud que los miembros de la Co– munidad de Indígenas de Guama y de San Pablo han dirigi– do al Primer Magistrado, con la exposición de los hechos a que se contrae la presente Resolución, pase en copia certifi– cada y con los documentos que la acompañan a la Alta Corte Federal, para que considere y resuelYa la denuncia que que– da hecha, en conformidad con lo prescrito en la atribución 8", artículo 110 de la Constitución Federal, y con lo que dis– ponen los artículos 117 y 118 de la misma y las leyes nacio– nales adjetivas aplicables al caso. Segundo :-Que en tanto se obtiene la declaración defi– nitiva que proceda en las actuaciones de la Alta Corte Fede– ral y pueda el Poder Ejecutivo resolver lo concerniente en la solicitud de los indígenas de Guam.a y de San Pablo, sean es– tos mantenidos en pacífica posesión de los terrenos que ocu– pan, y que, en consecuencia, quedan exentos del pago de cualquiera contribución que haya sido impuesta con posterio– ridad a la Ley de 25 de mayo de 1885 sobre aquellas tierras. Comuníquese esta Resolución a la Alta Corte Federal, a– compañada de los documentos en referencia, para los efectos de su parte primera, y al Presidente del Estado Lara para que - 240 -
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