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El Presidente de la Cámara del Senado, R. González. - El Presidente de la Cámara ae Diputados, Domingo A. Carva– jal. - El Secretario de la Cámara del Senado, M. Caballero.– El Secretario de la Cámara de Diputados, J. Nicomedes Ra– mírez. Palacio Federal del Capitolio, en Caracas, a veinticinco de mayo de mil ochocientos ochenta y cinco. - Año 22 de la Ley y 27 de la Federación. Ejecútese y cuídese de su ejecución. -- Joaquín Crespo. El l\11111stro cte Relac10nes Intenores, Vicenle Amengua/. ("Recopilación de Leyes y Decretos" - Tomo XII - pág. 192-N9 3.027). TEXTO N 9 54 RESOLUCION DE 16 DE FEBRERO DE 1887 Concediendo a la Comunidad de Indígenas de Humocaro Al– to el bene/icio de continuar en poseswn pací{ica de sus Res– guardos hasta que el Ejecutivo reglamente la Ley de materia. Estados Unidos de Venezuela. -- Ministerio de Relaciones Interiores. - Dirección Administrativa. - Caracas, 16 de fe– brero de 1887. - 23 y 28. - Resuelto: Vista la solicitud elevada a este Despacho por la Comu– nidad de indígenas del Mumcipío de Humocaro Alto del Dis– trito Tocuyo, en el Estado Lara, el Presidente de la República ha tenido a bien conceder a la expresada Comunidad el bene– ficio de continuar en la posesión pacífica de sus Resguardos, hasta que el Ejecutivo Nacional Reglamente la Ley de lama– teria; y no habiendo fenecido el plazo que ésta señala para los efectos de mensura y particiones de los terrenos así de– nominados, la Comunidad de indígenas de Humocaro Alto podrá entonces hacer uso de ese derecho, de conformidad con la Ley vigente. Comuníquese y publíquese. - Por el Ejecutivo Nacional, - 215 -
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