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L,1 CAFSA. INDIGENA A,,IERIC',L\-"~ fJX LAS CORTES DE CA.DIZ Por estar íntimamente unido a este asunto el decreto de enero de 1813 sobre reducción de baldíos a propiedad particular, etc., lo verán transcrito mis lectores en la parte documental. 6.-Sobre concesión de becas a los indios. Explicó el Sr. Castillo que esta su proposición tenía por objeto "promover la ilustración en los indios". Dijo que esto estaba ya recomendado en las Leyes, pero que no se cumplía y que por eso él proponía que la cuarta parte de las becas de merced hubieran de ser necesariamente para indios. Y añadió: "Con esto se consigue también que, ordenándose muchos indios, serán después curas que mi– rarán con más cariño y amor a los de su clase y promoverán su bien y felicidad." La Comisión no estuvo conforme en que se asignase taxativamente la cuarta parte; habría de estudiarse la pro– porción de las demás castas, y de ahí resultará que "en unos (obispados) deberán proveerse más de la cuarta parte de becas en indios, por ser su población respectivamente ma– yor, y en otros menos, por igual causa". Del Sr. Feliú partió la idea de que las becas no se redu– jeran a sólo los Seminarios Conciliares, sino que se exten– diesen a todos los otros colegios donde hubieran becas de merced. 15.-CONTRA LA PENA DE AZOTES, ENCARCELAMIENTO DE INDIOS, ETC. Es curioso hacer constar que la iniciativa sobre este asunto, que culminó con un decreto de las Cortes, firmado el día 8 de septiembre de 1813, se debió a "los procura- -- 79 -

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