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LA CAUSA INDIGENA AMERICANA EN LAS CORTES DE CADIZ demnizándose al Erario público de la utilidad líquida que percibe en los ramos estancados por los derechos equivalen– tes que se reconozcan sobre cada uno de ellos." La primera fué aprobada sin oposición alguna. Empe– ro, la segunda tuvo bastante oposición y se resolvió reser– varla o postergarla para cuando se formara la Constitu– ción (*). El Diario de Sesiones nos informa también que en este mismo día hubo otra propuesta "concerniente a la explo– tación de las minas de azogue", pero que sobre ella no hubo discusión alguna, "pues estaba ya sancionada por un de– creto formal". 4.-SOBRE IGUALDAD ENTRE ESPAÑOLES E INDIOS EN LOS EMPLEOS. La proposición sobre esta materia nos informa el Diario de Sesiones que "se aprobó por aclamación, y su tenor es el siguiente": "Los americanos, así españoles como indios, y los hijos de ambas clases, tienen igual opción que los españoles europeos para todos los empleos y destinos, así en la Corte como en cualquiera lugar de la Monarquía, sean de la carrera eclesiás– tica, política y militar." Todavía se quiso concretar más y reducir estas propo– siciones hasta llegar a que en cada reino o provincia "la mitad de sus empleos ha de proveerse necesariamente en sus patricios, nacidos dentro de su territorio". Para más seguridad se proponía que en las capitales (*) Llegada esta ocasión, con motivo de una petición del Sr. U ria (15 de septiembre de 1811), se vió que una cosa eran los principios liricos y otra las realidades. -39-

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