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GESAREO DE AR]}'IELLADA 11 enero 1811.-Continúa el mismo asunto (T. I, págs. 343-354). 16 enero 1811.--Continúa el mismo asunto (T. I, págs. 377-387). 18 enero 1811.-Continúa y es sometido a votación (T. I, pági- nas 393-403). 19 enero 1811.-Lectura de los votos particulares sobre la materia anterior.-Proposición sobre quitar los aranceles o suprimir los "cuatro novenos beneficiales" (T. I, págs. 405-407). 23 enero 1811.-Continúa la discusión del día 9 bajo otra fórmula. Aparece el problema de la minoridad de los indios.-¿Qué decir de los de otras razas, que son millones? (T. I, págs. 419-425). 25 enero 1811.-Defensa de los indios: capacidad, etc. (T. I. pá– ginas 430-435). 30 enero 1811.-Continúa la discusión sobre igualdad de represen– tación.-Defensa de los indios.-Sobre desterrar el traje espe– cial de indios (T. I, págs. 459-466). 1 febrero 1811.-Otra proposición del mismo sentido.-Nueva fórmula de la proposición.-Votación y aprobación (T. I. pá– ginas 476-482). 7 febrero 1811.-Se renueva la discusión sobre el mismo asunto de la representación en Cortes (T. I, págs. 511-517). 9 febrero 1811.-Libertad de cultivos.-Supresión de estancos.– Explotación de minas de azogue.-Igualdad de opción para los empleos.-Provisión de empleos: que la mitad sea en los patri– cios.-Junta que entienda en esto.-Restitución de la Compañía de Jesús (T. I, págs. 523-525). 12 marz•o 1811.-Proposiciones del obispo de Michoacán sobre abolición de tributo, estanco de pulperías, etc. - El virrey de Méjico y la exención de tributos de indios, mulatos, etc.-Re– partimiento de tierras.-Contra los "repartimientos" forzosos de mercancías (T. I. págs. 669-672). 12 marzo 1811.-Continuación de los mismos asuntos (T. I, pági– nas 675-677). 2 abril 1811.-Proposiciones sobre abolición de la tortura en los procesos y del tráfico de esclavos de Africa (T. II, páginas 809-813). 8 abril 1811.-Sobre extender el préstamo (impuesto) de plata la– brada a América.-Petición de que sean eximidas las iglesias parroquiales y los pueblos de indios (T. II, págs. 840-842). 9 abril 1811.-Continúa la discusión.-Quedan exentas las igle– sias de indios y las puramente parroquiales (T. II, páginas 843-849). -16-
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