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81 - 121. Real Cedula al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena no se con- sienta vivir españoles, ni otras gentes en los pueblos de Indios, Madrid 5 Diciembre de 1726. 122. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena sean sacados de los pueblos de Indios, y de la legua de su resguardo, los españoles, y demás gentes que vivieren, recompensandoles las tierras en otra parte, y declarando S. M. que en el juicio de tierras, no tienen, ni pueden tener legitimo contradictor los Indios. Madrid 5 Di- elembre de 1726. 123, Id. al dicho Gobernador en la que S. M. le ordena informe sobre la Villa que pretenden fundar los Misioneros Capuchinos en el Tinaco, y que se atienda al Ca- pitan Ignacio Sánchez. Madrid 5 de Diciembre de 1726. 124. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena informe sobre los pueblos que entregaron los Capuchinos el año de 1720. Madrid 5 de Diciembre de 1726. 125. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena no permita el que los Misioneros Capuchinos sean perseguidos y que fomente mucho las reduciones de los Indios. Madrid 5 de Diciembre de 1726. 127. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena que todos los mu- chachos y muchachas de las Misiones que se hallaren fuera de ellas, en cualquiera par- te que sea, se restituyan a dichas Misiones, y a sus padres, sin replica ninguna. Madrid 5 de Diciembre de 1726. 126. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena haga pagar a un Juez de los Valles las Canoas que quebró a los Indios y los daños que resultaron. Ma- drid 5 (le Diciembre de 1726. 128. Autos e informaciones que hizo de Ocio la Real Justicia de San Sebastian de los Reyes sobre el violento despojo, que hicieron los de Cumaná, de los Indios de dos pueblos de nuestras Misiones y exhorto del Gobernador de la provincia de Caracas al de Cumaná para que se contenga en sus terminos; de estos Autos consta la funda- cion de dos pueblos de Misiones, el uno titulado «El Salvador» y el otro «Santo To- más»: todo remitido por duplicado al Real Consejo de Indias y al Rmo. P. Comisario general. Año 1726. 129. Autos que comprueban los terminos y jurisdicion de la provincia de Cara- cas. Año 1726, 130. Autos sobre lo dicho y exhortoi del Obispo de Caracas al Vicario de Cuma- ná, para que se contenga en sus términos y jurisdicion, remitidos a dicho Real Consejo y al Rmo. P. Comisario General, Año 1726. 131. Autos e informaciones hechas en virtad de dos Reales Cedulas, la una fecha- da en Madrid el 28 de Febrero de 1724 y la otra en el Buen Retiro a 20 de Febrero de di- cho año; en los que se da cuenta a S. M. del estado en que se hallan aquellas Misiones de Capuchinos; sus pueblos; Indios; y operarlos; como asimismo, lo que se ha trabaja- do en ellas, desde el año 1602 hasta el de 1725; y también la fundación de tres pueblos nombrados: La Santísima Trinidad de Calabozo: Nuestra señora de los Angeies,'y San- to Tomás de Aracares, hechos y remitidos por duplicado a dicho Real Consejo y Rmo. Padre: Coxnisario General, los años de 1725 y 1726. 132. Autos con inserción de la Real Cedula expedida en madrid a 5 de Agosto de 1702 para la fundacion de una nueva Villa en el Pao, con obligacion de' salir los vecinos de ella a las entradas y reducion de los Indios gentiles, año 1726. 133. Autos de la fundacion del pueblo de San Rafael de Onoto con Indios Oto- macos, Guaranaos y Amaibos: se han insertado en ellos dos Informaciones originales de 185 Indios de diferentes naciones que se poblaron. Año de 1726. 134. Autos de la Fundaclon del pueblo de Españoles que hicieron los Misioneros Capuchinos de la provincia de Caracas en los Cerritos de Cocorote-que hoy es la Ciu- dad de San Felipe-y testimonio del título dado por ci Gobernador de dicha provincia al Teniente y justicia Mayor de dicho pueblo. Año 1726. 135. Real Cedula al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena informe sobre la Villa que los Misioneros Capuchinos pretenden fundar en el Tinaco, y encargán- dole asista y atienda al Teniente Dn. Ignacio Sanchez llardales en cuanto fuere de su alivio. San Lorenzo 13 de Noviembre de 1727.

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