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Buen Retiro 21 Marzo de 1715. 84. Despacho del Obispo de Caracas a pedimento del Prefecto de las Misi para trasladar la Mision de San Antonio de Araure al sitio de Sarare. Caracas 4 de 1705, 85. Real Cedula al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena no ini el que los Misioneros Capuchinos reduzcan a poblacion a los españoles, pardos, o latos, y negros libres que habitan en los montes administren los Santos Sacranica, ínterin que por el Obispo se les pongan curas clerigos; y concediendo a dichos Ml neros licencia expresa para fundar un pueblo, o Ciudad en los Ccrritos de Coco Aranjuez 18 Mayo de 1716. 86. Informacion hecha por la Real justicia, Cabildo y Regimiento de la Vil'I San Carlos, a favor de las Misiones y de los Misioneros para satisfacer al Libelo , " presentaron. ante el Real Consejo en contra de dichas Misiones y Misioneros Bartolq Gutierrez y otros vecinos de dicha Villa en pago de lo mucho que dichos Miaba hablan hecho por ellos. 1716. 87, Real Cedula al Obispo de Caracas en la que S. M. le preinserta otras do'. orden a que ci Prefecto de las Misiones de Capuchinos de aquella provincia nomb proponga (?) Tenientes en las Villas que fundaren los Misioneros y que el Goberna les de el Titulo y jurisdicion. Madrid 24 Marzo de 1717. 88. Real Cedula al Juez de tierras, Dn. Francisco Gil, en la queS. M. le or se den las tierras a los pobladores de la Villa de San Carlos, y Nuestra Señora del. lar de Araure, segun lo prevenido en la Ley 15 Líbr. 4, Tit. 42 y en las Cedulas exp das a favor de los pobladores de dichas Villas. Madrid 29 Marzo de 1717. 89. Id. al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena informe juntam con el Obispo lo que tuviere por conveniente para la fundacion del Hospicio en la V de San Carlos, que representa el Prefecto de las Misiones de Capuchinos ser neces, para los Misioneros. Madrid 29 Marzo de 1717. 90. Id. al Gobernador en la que S. D. le ordena prosiga la causa contra Bar lome Gutiérrez y Esteban Moreno, y sustanciada y determinada que sea, los casf1 con grandes penas, remitiendo la causa y hasta su resolucion los mantenga presj Madrid 29 Marzo de 1717. 91, Real Cedula al Gobernador con insercion de otra del 15 de Junio de 1692 la que S. M. le ordena ponga en las Villas de San Carlos y Araure los Tenientes q nombrare el Prefecto de las Misiones. Madrid 29 de Marzo de 1717. 92. Id. a dicho Gobernador en la que S. M. le repite la Orden antes mandada fin de que no se oponga ni embarace el cumplimiento de las Ordenanzas y Ccdu Reales expedidas a favor de las Misiones y del santo fin para que fueron instituid¡ Madrid 29 Marzo de 1717. 93. Real Cedula al Gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena el que e consulta del Obispo se de la providencia que convenga en orden a oír lo que el Pref to de las Mlsíones de Capuchinos propusiere en punto de la fundacion que hicieron Misioneros de la villa de Araure, elecion de Justicia Mayor, y Cabo de Guerra de villas: y sobre las siembras o sementeras de maíz que han de sembrar los Indios e MadrId 29 de Marzo de 1717. 94. Id. al Prefecto de las Misiones de Capuchinos de Caracas en la que 5. M. participa las providencias que se han dado en vista de las representaciones hechas cante a dichas Misiones, y son las siguientes: que se remite al Gobernador el testiti nlo de la Informacion hecha de las malas operaciones de Batolome Outierrez y Es ban Moreno para que pase a sustanciar y determinar la causa y la remita al Conse dejandolos en prision; a dicho Gobernador y Obispo se repiten las Cedulas expedl( en 15 de Junio de 1696,y 17 de Id. en el 1692, para que ejecuten lo prevenido en ellas orden al Teniente, o Justicia Mayor, o Capltan a Guerra: que se había representa convenía hubiese en todas las villas fundadas por los Misioneros y en orden a que Prefecto de las Misiones pueda hechar al vecino que diere mal ejemplo a los Indios; ordena al referido Gobernador por despacho de este día, que si dicho Prefecto acudí. ante el con esta noticia (de mal tiempo) lo castigue y destierre: que en lo que mír componer las tierras repartidas a los pobladores de las Villas se le previene por,desj

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