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- 56 - NÚMERO ti Número provisional 149 Misiones de Santa Marta, Rio de la Hacha y Maracaibo. - Archívo Nacional de Madrid. Bi teca Nacional de--la Historia de miela. Caracas. Doc. para la vida blica del Libertadpr. Tom. 1. fol. 58 Real Cédula de 20 de Abril de 1749. El. Rey,'—Don Sebastian de Eslava, Virey, Gobernador y Capitan General nuevo Peyrio de Granada, y. Presidente de mi Real Audiencia de la ciudad de Santa en carta de treinta y uno de Enero del año pasado de mil setecientos cuarenta y sil participais que el poco fruto que se logra en la conversión de los Indios Gentiles de provincias de Maracaibo y Santa Marta, encargada a los Religiosos Capuchinos, p viene de los inconvenientes que os hizo presentes el Viceprefecto de dichas Misiones, una representación que acoinpafiais pára manifestar ser cierto que aunque las dos ci das provincias son confinantes, distan mucho para la comunicación, pues por do; mas se acercan, es indispensable caminar treinta leguas, por tierra ocupadas de los dios Goagiros, los quales solo permiten el paso, cuando se les regala, o lleva escolta gente armada que se oponga a sus insultos, y que no pudiendo los Misioneros coste gasto de estas prevenciones, quedan separados de cada provincia, sin poderse auzlJ en sus necesidades espirituales, ni en la atención de las Misiones de su cargo; sigo dose también de esta separacion que vivan (los..misioneros) fuera de la vista de su .1 lado, y que con motivo de ocurrir a sus congregaciones, ejecuten costos cstraordin y desamparen las poblaciones, a cuyo cultivo están destinados. Por cuyas- razon otras que os espresó, proponéis por muy útil y necesaria la division de estas Misí en su respectivas provincias, aplicando la de la Gobernacion de Santa Marta, y Pió la Hacha á los actuales Misioneros, que son de la provincia de Valencia respecte?, que por otro docuniento que. acompañais, se denota haber sido este su primer destj Y la del Gobierno de Maracaibo a las provincias de Castilla o Navarra, la que (scgúi copia de sugetos que en ella al presente parecieren aptos para este santo intento) pu re proveer los correspondientes, a la predícaclon Evangélica, que tanto conviene a lantar; pues concurriendo en ellos, las circunstancias, de verdadero celo, y rcligiosid será mayor el fruto que darán al cielo, unas y otras, proponiendo también, que 0. las de Maracaibo, bastarán por ahora ocho Religiosos, mientras se .esperimcntan- progresos. y que asimísmo, convendrá asignar las limosnas, y estipendios de los neros de una y otra provincia en. las respectivas cajas Reales de ellas, para quitat molestia, de ocurrir a las de Cartagena en donde basta ahora, han tenido su sítu y en las que cada día es mayor la -dificultad de satisfacerla, así por la falta de cer ciones de los Gobernadores, Jueces y oficiales Reales que han de justificar el a de los Religiosos existentes, y efectivos en los pueblos de las Misiones, como por escasez de caudales de Real Hacienda ocasiona igualmente la tardanza de la p que se evitará con esta providencia, pudiendo los Misioneros destinados a la pro. de Santa Marta ser socorridos prontamente, por los Oficiales Reales de su Capie sea del procedido de la Santa Bula de Cruzada, o de las vacantes -mayores, y mi . o de los dos novenos de diezmos, segun la asignacion que yo hiciere gravando m Hacienda, al suplemento de lo que faltare al total reintegro de dichos estipendios; en la propia forma podrá correr la asígnacíon en las cajas de Maracaibo, para aquella provincia, mandando que los .dos Reales, novenos, que producen sus di

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