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- 242 - están en edad competente, unos aprenden a tejer tucuyo y de otros géneros con no sólo ha conseguido este benemérito religioso vestir a hombres y mujeres con tídad y decencia, sino que le queda mucho sobrante para venderlo y aplicar su i a los fondos de la misión; y otros se destinan.a carpinteros y herreros, con adelentamiento en estas artes respecto a carecer de maestros hébiles y herrai necesarias... PARTE. TERCERA, (slNTnsIs) Propone un nuevo método para la administración de los 4 pueblos de Pii Cabeza, Florida, y Abc po. Se reduce a: Que se señale término y jurisdicción a cada pueblo. 1 Que no paguen tributo por ahora, aunque han pasado los 10 años que p cribe la ley a los reducidos voluntariamente. Que se arregle el gobierno temporal (se nombre un subdelegado de lo je dicción, y.se c ree una junta compuesta de este juez, el cura párroco dos indios cuide y regidor) y un mayordomo español.); que se destinen 3 días de la sem para cultivar las tierras de la comunidad, y que haya los libros necesarios en se dé cuenta ej razón de los bienes comnues. Que se observe lo mismo con el ganado de la comunidad. Que se facílítcn maestros hábiles de ¡as provincias de Mojos y Chiquitos re poner escuelas de tcjidós, carpintería, herrería y demás artes. Que se apliquen a estos oficios los niños que más sobresalgan. Que los otros 3 días de la semana trabajen los indios que se dedique agricultura, para su propia utilidad. Que se tenga el mismo régimen con los artesanos, suministrándoles la ras materias. Que se les deje vestir a la española, y los conversores no lo impidan. Que en tiempos oportunos vayan a recoger miel y cera silvestre a los te., repartiendo estos frutos por mitad a la comunidad y a los colectores. Que se les prohiba la compra de queso y charque, porque en otro caso S extraen sus mejores frutas que les hace falta por carecer de la carne. Que se les enseñe a hacer el queso y mantequílla, distribuyéndolo por mil Para que tengan charque o carne salada, se procurará que cada uno:. Quiera ganados propios con lo que le sobre después de comer y vestir. Que además de la estancia de comunidad haya otra pera los de dominio ¡ ticu lar. • Que se establezca un comercio de los sobrantes con las provincias íninet tas reglado por la junta. Que el mayordomo de cuenta anual y justificada a la junta y ésta la rei a la Intendencia, para que la inspeccione la Contaduría de Provincia.. Que la junta, por mano del subdelegado, envíe a principio de cada mes tendente una relación circunstanciada de las entradas y salidas de efectos o din • Dependencia de estas misiones y sus caudales sobrantes de la Audienci Charcas. Fomento de la siembra de tabaco. Que se fomente el ganado vacuno, no matando vacas, excepto las viejas.. Fomento de la cochinilla, añil y peletería de anta y venado. Que se establezca el comercio con los indios bárbaros para civilizarlos y ducir/os, Que todos los gastos de fomento etcétera, se saquen de la misión mismas Que los primeros gastos se hagan del fondo de temporalidades o del de cantes. Que en los pueblos ya reducidos se establezcan clérigos seculares' y be., cios curados, para que los religiosos contínuerr sus tareas en pueblos de infíelet Que los curas que cumplan loablemente su servicio, fomentando la agri tura, industria y buen gobierno, de los pueblos reducidos, sean promovidos a jores curatos y a las catedrales.

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