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- 220 - ser mas utiles al servicio de Dios y de Vuestra Magestad y adelantarse al misrno las referidas nuevas reducciones de los Indios Gentiles de los Ríos Apure y Met ciendo a pueblos el crecido numero de Indios que existen en aquel terreno. En esta atencíon concluyo el Padre Procurador Fray Geroniuno de Gibral liaviendosele remitido en virtud de Id mandado por el referido Prefecto .a consc do lo que expuso en la relacionada Junta el Testimonio de lo determinado n ella in, pañado de los Informes del Obispo y Governador lo presentava á fin de que en sil ta y de lo que resultava en su apoyo se dignase Vuestra Magestad concederle la e sada frlision de los 24 Religiosos Andaluces para los citados fines. El Obispo y el Governador en sus informes despues de asegurar la necesida esta Mision para el mejor servicio, conservacion y aumento de las de aquella Provl por hallarse con solo los 11 Religiosos utíles que expresa en su narrativa el Padre f'ecto, pues los demas estavan mutiles para este Ministerio y que tienen que asistir reduccion de los Indios Gentiles entre los Ríos Apure, Meta y Orinoco conteniph suma la necesidad de esta Mision: son de parecer de que Vuestra Magestad ten bien concederla. El Consejo en vista de todo reconociendo urgentísima la necesidad de que p a aquella Provincia Religiosos que entiendan en aquellas Misiones y que el orden ex y forma de haberse pedido la de que se trata se halla evacuado segun lo prescripto las Leyes del Libro 1.0 Titulo 14 de la Recopilacion es de parecer conforme con la taduria y Fiscal de que se digne Vuestra Magestad conceder y costear la 1nenciO Mision de los 24 Religiosos Andaluces, Sacerdotes que se solicita y que a este efeci comunique el correspondiente aviso al expresado Fray Geronimo de Gibraltar par: proceda 6 su colectacion y presentacion de la Lista de ellos en el Consejo y que e do arreglada se de la orden convenieute para su embarco 6 fin de que con su renueij logre en aquella Provincia el mejor servicio de Dios y de Vuestra Magestad. Fecho en 13 de Agosto de 1785. NÚMERO 43 Número provisional 974 1786 Cedula para que en la Isla de Cuba y en la Luisiana y Florida se den las Reales Cedulas que se expresan Relativas a las execw (exernpciones?) concedidas a los Religiosos Capuchinos Madrid 1.0 de Agosto de 1 ARCHIVO GENERAL DE INDIAS. - SEVILLA Est. 154.—Caj. 7.—Leg. 1f4 1,0 de Agosto de 1786. El Rol. —Por quanto Fray Bernardino de Torralba, Religioso Capuchino, C sionado por el Prefecto del Colegio de Misioneros establecido en la ciudad de la Ti na me ha Suplicado que mediante a que por Reales Cedulas de 26,, de Mayo, y 1 Septiembre del año de 1779, y Real orden de 28,, de Enero del de 1784,, que presen tengo declarado a su Religión en estos mis Reynos diferentes exempciones, prerro bas y domas Privilegios en cuanto a las Contribuciones Reales y otros impuestos dignase mandar se las diese el Pase correspondiente para su Puntual curnplimíertt ese Distrito, igualmente que se verificaba en el de estas Provincias; vista esta iust en ini Consejo de las Indias, con lo que en su Inteligencia, y de lo informado ( Contaduría General, expuso mi Fiscal; ha parescido condescer a ella. Por tanto,

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