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- 159 - Nombramiento de Procurador General de que se hace niencion se conceda el Pase pre císo y necesario 8 las Patentes expedidas a este fin por el Ministro Provincial de Ca- puchinos de Andalucía devolviendosclas para que surta su efecto y entre el Padre Gi- braltar en virtud de dicho Título y su Real Aprovacion a servir y exercer el Nombra- miento de Procurador General de las Misiones de Venezuela en los mismos terminos que su antecesor Fray Francisco Vegel. Sin embargo el Consejo acordará lo que fuere de su agrado. Madrid 28 de Marzo de 1776. - Consejo de 4 de Junio de 1776. Unase al expediente sobre que haya en la Corte un Procurador General de todas las Misiones de Capuchinos, y pase todo al Señor Fiscal. 1.'Señores: Ximeno. - Landazuri. - Casafonda. —Domínguez. -Cerda. II.a Carpetilla dice] Copia del extracto tocante al expediente formado sobre el ex- pediente formado sobre el estado que tenían el año de 1774 las Misiones de Caracas que estan a cargo de los Padres Capuchinos de Andalucía y al Nombramiento de Pro- curador general de ellas cuyo expediente en virtud del Acuerdo del Consejo se halla agregado al formado por la Secretaría del Perú concerniente a que solo haía en la corte un Procurador General de todas las Misiones de Capuchinos. Se buscaran los antecedentes. NÚMERO 30 Número provisional 963 -- 1776 Itiforme en vista de la Representacion de Don José de Avalos, Conta- dor mayor que ha sido de dicha Provincia sobre el atraso de las Misiones de Capuchinos de la nueva Andalucia. Madrid 29 Agosto 1776, MISIONES DE PP. CAPUCHINOS.-CARACAS ARCI-IlVO GENERAL DE INDIAS. -SEVILLA 5sf. 136.— Caj. -1.--Leg.° 28. 4 la Contaduria General ha pasado como Real Orden de 9 de Noviembre de 1775. y en virtud de acuerdo del Consejo de 18 del mismo una Representacion echa á S. M. por Don Joseph de Abalos Contador mayor que fue de la Provincia de Caracas, en que haciendo presente el estado y atraso de las Misiones de ella, a cargo de los Reli- giosos Capuchinos de la Provincia de Andalucía, propone la necesidad de Prardencia 1)01 los perjuicios que en esto ha padecido, y padeze la Real Flazicnda. En ella expone no haver visto Documento alguno ni adquirido noticias positivas para saber el tiempo en que se verifico el cxtableciiniento de las Misiones, y que les pa- reze es necesario retrozeder vaastante al siglo pasado para encontrar con el Origen; hasiendo juicio bayer pasado cien años desde la creacion, y que durante una época tan dilatada y con crecido numero de Misioneros se hacia no solo regular sino preciso el que se huviesen hecho algunos progresos; pero que en ci particular lo puede asegurar és que por los Libros y Papeles a los Oficios de Real Hazienda que havia reconocido, y en que devian encontrarse las noticias de las agregaciones ó entregas echas al Ordi- nario de los Pueblos de Yndios conquistados y establecidós, por los tributos que estos devian haber satisfecho; no consta ni resulta cosa alguna por donde puedan saverse los adelantamientos de estas Misiones, especialmente desde la Concordia que en el año d

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