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' 66 ne en Ia Indias Occidentales, se me ha representado, en (virtud de Podi y en nombre de Fray Francisco María de Arenzano, Ministro Provinci de dicha Orden en los Peynós de Andalucía, y Comissario General de I referidas Missiones), que para desterrar, y destruir todos los abusos q por la humana fragilidad se han introducido en las Missiones de su carg en grave perjuicio, assí de los Missionarios, como de los pobres Indios. estos recomendados. Y para el mejor govierno, pura observancli de 1 Regla 'ica, y Reales Ordenaciones (aprobadas por Nos en qualro Octubre de mil setecientos y siete años) aumento, y exaltación de nuest Sania Fé Catholica, y conversion de los Indios Gentiles, se han formad las Declaraciones, y Addiciones Generales, cuyo tenor es cono se sigue 19. Fray Francisco María de Arenz ano, Ex-Lector de Sagrada The • logía, Calificador del Consejo de su Magestad de la Santa General Inqu l sidón, Ministro Provincial de los Menores Capuchinos de nusstro Sera, co Padre San Francisco en la Provincia de Andalucía de la Inmaculad Concepción de nuestra Señora, y por el Rey nuestro Señor Comissai General de las Missiones de Indias Occidentales, &. A todos nuestros Pñ fectos, y Missionarios de las Indias Occidentales de los Catholicos D minios del Rey nuestro Señor (que Dios guarde) existentes, y que p tempore fueren, salud, y paz en el Señor. • 20. Por quanto la Pastoral solicitud de nuestro Oficio nos trae en coi tinuo desvelo, no solamente en orden a la conversion de los Infieles» ;. dios, en su instruccion, y educacion que se -nos demanda, mediante fi Operarios Aposfolicos, quepara conseguirlo continueniente embiamos las Provincias Ocidenl ales delaAmerica es a saber, a{dVee o Caracas, de Maracaibo, y Santa Marte, de Cumaná, de Guayana, yTi, nidad: sino tamhien, y principalmente en el cumplimiento de las obligaci 6-es-de nuestros Missionarios, no sea que predicando a otros ellos se h gan reprobos; como (no sin gran dolor de nuestro corazón) tengani averiguado, que los medios que algunos de nuestros Missionarios usa no solo no son conducentes a el fin a que son eml)iados, (que es la salv ción propia, y agena) sino antes destructivos de una, y otra: por tan 1 para desterrar, y destruir todos los abusos, que como sagaces Papos demuelen las tiernas Viñas del Señor con engaños manifiestos de los ' fleros que las plantan, y a quienes se les encomiendan en aquellos bestís mos Campos: con maduro acuerdo, reflexión y consejo, en el Nombre Señor todo Poderoso, y que todo lo rige, y govierna, para mas exail cion de su Santíssimo Nombre, exaltación de nuestra Caiholica Fé, 11 ria de nuestra Religión, y pura observancia de la Serafica Regla, no parecido hacer algunas Declaraciones, y Ádditamentos a las RealesOrc nanzas, y Constituciones de Indias, pera que impressas al fin de ellas, yc servadas exactamente unas, y otras por nuestros Missionarios, sean

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