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305 los Capuchinos eran intrusos en la conversion, y edministracion de aque- llos Indios; y haviendo pedido su Magestad informe al Obispo de Caracas, en Cedula de 12 de Julio de 1690, enterado el Rey nuestro 3eñor dele ver- dad, mandó por su Real Despacho, se mantuviessen los Capuchinos en dicha Mission, como parece de su Real Cedula, despachada en Madrid e 20 de Junio de 1694 y está a la buche del fol. 8.) 136. Por el año de 1689 se hicieron al Rey nuestro Señor varios infor- mes siniestros contra los Missioneros Capuchinos, y sus Missiones; en cuya inteligencia despachó su Magestad quafro Reales Cedulas al Obispo, y Governador, siendo la una de ellas, el que los pueblos de Missiones (que por entonces teniemos) se entregassen al Ordinario, para que pusie- se en ellos Cures Clerigos; y que para esto se juntassen, y se pusiessen de acuerdo. Y haviendo citado al Prefecto de les Missiones para esta re- sohucion. en vista de lo que representó, y de los Autos e Informaciones' que se hicieron, determinaron dichos Señores, conociendo lo siniestro de los informes, en cuya virtud se havian despachado las expressadas Cedu- les, suspender su cumplimiento, y execucion, dando cuenta a su Mages- tad; y por parte de las Missiones se despachó al Padre Fray lldephonso de Zaragoza, quien haviendo representado en el Real Consejo de Indias lo que convino, fué su Magestad servido revocar, derogar y anular lo man- dado en la Real Cedula de dicho año de 1689 (corno perece de les Reales eduias, despachadas en Madrid, una, y otra en 15 de Junio de 1692 y es - mn desde el folio 11 hasta el 16), y se corrobora con otra Real Cedula des- 2achada en Madrid en 27 de Agosto de dicho año (y está al folio 219). De stos Autos (que son crecidos) se hace relacion en el principio de este 'lanifiesto, al num. 21, y conviene tenerlos muy presentes. 137. El año de 1714 se hicieron tambien a su Magestad informes muy siniestros contra los Missioneros, por algunos Vecinos de la Villa de San Carlos, especialmente poi, Bartholomd Gutierrez, y Estevan Moreno, con l fin de expulsarnos de la Villa de San Carlos, y de las Missiones mme- :liatas, en pago y premio de lo mucho que los Missioneros havian trabe- ado para fundar dicha Villa y Missiones inmediatas, y sacarles tantas Ce- lulas de Privilegios, que gozan sus Vecinos, y constan de los Autos de a fundacion de dicha Villa, ye citados. Los cargos, y calumnias, que ante su Magestad (que Dios guarde) nos inipusi eron; consta de lo que expres- se le Real Cedula, que está a la buelta del fol. 16, despachada en Buen- ?eíiro a 21 de Marzo de 1716. Estos mismos cargos hicieron al Obispo de sfe Diocesis, que lo era el señor Don Fray Francisco del Rincón, quien iabiendo passado a la Visita, y explorado con maduro acuerdo la false- lad de dichos cargos y calumnias, informó de Oficio a su Magestad (que :)¡os guarde) en cuya virtud se sirvió expedir y despachar la Real Cedula ue está al folio 217, mandando al Governador de esta Provincia, proce-

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