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año y medio no hacen poco los Indios en hacer sus casas, o buxfos; y si ' es Pueblo que se elige, Iglesia, rosas, &. CÁPIPLILO III, EXPLlCANSC LOS MEDIOS Y ARBITRIO C INCONVENIENTES QIIB SE HAN ENCON- TRADO PARA LOGRAR LA ESTABILIDAD SOCIAL OB LOS SALVAJES. II. Los advitrios, que para aminorar estos crecidos costos, y excessj- vos trabajos se pudieran discurrir, todo se ha intentado, y en todo hemos hallado insuperahtes escollos en la práctica, sin havernos quedado vado, ni medio, que no hayamos tanteado. El primero que se ofrece a la especula- tiva es, el que en el Pueblo en que se tiene de agregar, les tengan ya pre- venidos los Indios, que en él están ya establecidos, las rosas, en que puedan, luego que lleguen hacer sus sementeras. El inconveniente que se encuentra en esto, es el primero; que como no se sabe los Indios que se han de sacar, ni de qué Nacion han de ser, no se les puede señalar el assiento hasta que salgan, para colocarlos entonces en el Pueblo que con- venga, segun su respectiva Nacion; pies en hallandose mezclada una Na- ción con otra, es cierta, e indubitable la fuga de alguna de ellas, porque irremediablemente se matan los unos a los otros con hechicerías, y vene- nos: y aunque sean de la misma Nacion, si son de opuesta parcialidad, su- cede lo mismo, y aun peor. Esto no ha enseñado la experiencia de mu- chos años. El segundo inconveniente que se sigue, y aun es mas insupe- rable, (caso negado) que se supiese de cierto el Pueblo en que se havian de coiocar, es, el que sabiendo los Indios, que alli se les havian de agregar otros, como quiera que no saben, ni pueden saber los Indios que seran de cierto, no hay persuasion que baste para hacerles dar un golpe en la tierra para otros, pues dicen, que no son esclavos de ellos, y aun entonces tra- bajan con mas lentitud, y escasez en sus proprias sementeras, por escu- sarse de nuevos huespedes; que les vengan a comer su trabajo: (segun di- cen ellos) y si el Padre Missionero los quiere compeler; o se huyen, o lid) lo hacen, y no teniendo el Religioso fuerzas para obligarlos, pues esti prohibido por, Cedula de su Magestad, despachada el año de 1724, y so- brecartada el de 1726, el que haya en los Pueblos de Missiones, ni en la legua de sus resguardos Españoles, Mulatos, Negros, ni otras gentes: ea preciso, que el Religioso se sujete a la voluntad de ellos, cuando con bue- nas razones no puede persuadirlos. 12. El segundo advitrio, que se puede discurrir, para ayuda de su ma- nutencion, es, el que salgan a cazar a las bábanas, o Montañas, y a pes-
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