BCCCAP00000000000000000000510

240 para educacion de los Indios se señale a cada uno 500 pesos al año los qu se deveran satisfacer de las Cajas de Caracas y de ellas mismas cobr 200 pesos el Maestro de la Lengua India el qua¡ avia de ser un Religios' Capuchino idoneo de los de la Mision. Y ultimaniente que se previniese los Religiosos prosigan como hasta ahora en la practica de lo resuelto En esta Consulta hubo voto particular de dos Maestros los quales fuero de dictamen que para resolver sobre este punto tan grave se pidiese pri mero informe al Obispo de Puerto Rico para que en visita de lo que dije, se pudiese representar a Su Magestad lo mas conveniente. A esta Consvlta resolvio Su Magestad se pidiese al Obispo de Puert Rico el informe que se propuso por el voto particular. Con la misma fecha que esta expresada Consulta subieron otras do sobre que se diesen ornamentos para las Iglesias de dichas Misiones 3.000 pesos en Caracas por lo no cobrado de una libranza y para la man tencion de 25 familias que pidieron estos Religiosos de las Islas de Cand, rias y a la Consulta en que iba propuesto el pase de estas se conformó Magestad con la circunstancia de que hubiese de preceder informe del Cap¡ tan General de Canarias para que dijese si avía inconveniente en sacar d' aquellas Islas estas familias y aviendole escrito sobre estoespondio (en. tre otras cosas) no hallara inconveniente en el pase de estas familias. Esta respuesta y otra carta del juez de Canarias sobre lo mismo pasaron al se- ñor Fiscal y fue de parecer se expidiesen los Despachos correspondiente84 en ejecucion de lo resuelto por Su Magestad. Y visto en el Consejo se con- formó con este parecer y que se avisase al juez de Indias la providencia resuelta para la subsistencia de dichas familias. Este es el Estado de esta dependencia y se duda si se ha de dar orden para que pasen los 12 Religiosos respecto de estar incluida esta circunstan- cia en la Consulta referida en que mando V. Magestad se pidiese informe al Obispo de Puerto Rico en vista del voto particular no obstante averse mandado por la primera Consulta pasasen dichos Religiosos. Tambien se duda si se han de expedir las Ordenes para el pase de las 25 familias respecto de avenas pedido para Escolta seguridad y resguar- do de los Misioneros. Consejo 26 de Noviembre de 1735. A Consulta proponiendo a Su Magestad sucintamente todo el caso y las dudas de la licencia siendo (le parecer el Consejo que se dé providen- cia para que pasen luego los doze Religiosos y las veinte y cinco familias por la gravisima necesidad que hay de Misioneros y de que se fomente la propagacioli de Nuestra Santa Fee esperandose los informes que Su Ma- gestad ha mandcdo se pidan al Obispo de Puerto Rico solo para la prac- tica de lo propuesto para la dotazion de los Curatos como se lleva en1en dido.—(Hay dos rúbricas.)

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz