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221 gion de Capuchinos de Valencia, y dice este Religiosso se necesitan Mis- sioneros en aquella Provincia) hace pressenfe la Secretaria tiene su Ma- gestad resuelto a consulta del Conssejo de 19 de Enero dest año passen doce Religiossos los quales estan ya nombrados por el Provincial desta Provincia. Assimismo hace pressente la Secretaria que a Fray Arcadio de Osuna, Vice Conijssario y Procurador general de las Missiones de Capuchinos se le concedio licencia el año 701 para que passasen a las Missiones de la Trinidad ocho Religiosos catalanes; y el de 705 se le concedio a este Religiosso otra Licencia, para que passasen quatro Religiosos a la isla de la Trinidad, y se remitio facultad al Pressidente de la Cassa para que ajus- tase y librase el Abiamiento, Matalotaje, flete y entretenimiento, de los que- tro Religiossos Capuchinos. N.° 2. En el segundo punto (en que tambien se Incluye el quarro) expressa este Procurador que los doce Religiossos Ca- thalanes que el año de 1687 fueron a la Guaiana consiguieron quatro con mas de mil almas en aqiÑistrislo, y otras ocho poblacio- nes en la isla de la Trinidad de a quatrocientas almas cada vna. Y que por las muertes violent,ís que di'ron a diferentes Missioneros se perdio vna Mission por cilio ni .tiuo desa ripararon la Gualana y fueron a asistir a las de la Trinidad, y que desto hauia io:neido motiuo el Oouernador para re- presentar que aquellas Almas hau an quedado sin pasto espiritual y en tud desto se hauia mandado vo1visen dichos Religiossos a la Guaiana y que los pueblos que teimian en la Trinidad se entregasen a los Doctrineros, lo qual no hauia podido conseguir el Goueriiador en mas de 14 meses co- mo consta del informe que hizo en el mes de Junio de 1717 que viene cita- do y pide que para ressolver lo que mas convgase tenga presente este informe. Assimnismo representa el lastimoso estado en que se halla la Prouincia de Guaiana y la total falta de poblacion de Españoles, y que convendra pasen cincuenta familias de Canarias con lo necessario para niantenerse un año a costa de la Real Hazienda y que sirvan de escolta en las Missio- nes para la predicacion Evangelica. Y que se den todos los ornamentos necesarios para celebrar los Diuinos oficios; en cuya vista es de sentir el señor fiscal conuiene al seruicio de Dios y de su Magestad el que se exe- cute todo lo referido si la posibilidad de la real Hacienda diere lugar, pues es esta la principal obligacion de la Real hacienda de las Yndias y que aasi le parece se deue consultar a Su Magestad proponieridoles aquellos medios que el consejo estimare pUedan ser de alguna hequivalencia para que ya que no en el todo (por lo menos) en alguna parte se practique lo que se propone en estos dos referidos puntos. 5.0 En el 5.0 punto refiere que faltando de alli los Missioneros y man- teniendose los Pueblos en poder de los Doctrineros como Su Magestad lo

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