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3 6* obligación), y esto sin distinción de personas, inclusive de los misioneros! Con tan sólido fundamento, bien pudieron distinguir el derecho de las personas y de las cosas, el innato y el adventi- cio ) el enajenable e inajenable, y aun las acciones del sujeto, con todas las demás cosas que son objeto y materia del derecho en cuanto lo necesitaban los indios. En este meritísimo trabajo de los misioneros entre los indí- genas de Venezuela, hallamos también que enseñaron a sus indios que el derecho de éstos era tan perfecto y ancho como el de todas las gentes, lo que se manifiesta claramente en los procesos de las misiones y en las mismas Leyes de Indias (i). De esta manera los misioneros dignificaron a los indígenas, los hermanaron entre sí y los elevaron al respeto mútuo, pues mútuos eran sus derechos y sus deberes. Pero como muchas veces la tenacidad y el salvajismo, y aun el natural ayuntamiento y concurso de los derechos pugnan entre sí, los misioneros tuvieron siempre el cuidado de armoni- zar lo más posible los derechos de los indígenas, para disminuir las contiendas y lo temible de sus rozaduras; a ese fin hemos encontrado todo un cuerpo de autoridades indias que juzgaban las razones aducidas por las partes. Muy repetidosson los do- cumentos que lo atestiguan (2). Para admirar más de cerca la acción de los misioneros en asunto tan importante, hemos de notar en particular que cuan do algún indio era atropellado en su derecho, el misionerQ hacía ver al. indígena que no por el atropello quedaba destríd su derecho, sino alterado meramente, mientras persistía •. obstáculo; pero que renacía constantemente el grito universa de 'a cada uno lo suyo y a Dios lo de todos: quiere deci esto que en la práctica, los misioneros enseñaron a los indio, que el concurso de los derechos se diferencia de los títulos, 1. las pruebas y de las razones -de cada uno. (x) Ley 4. Tít. 12. Lib. 6: y Ley 3. Tít. i. Lib. 6. ( Las autoridades indígenas, fuera del presidente o misionero, eran con cidas con los nombres siguientes: Capitanes, Alcaldes, Tenientes, Alguacil' Sargentos, Ayudantes, Alféreces y Fiscales—Véase Archivo Histórico Nacio - — 4e Caracas, año 775 y Leyes de Indias, Ley x6 Tit Lib 6

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