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49 verdad que estos pasan furtit1amente, se hace memoria de ello en contra- posición del paso de que se trata, para decir el discurso que haran los que dijesen que no pudiendose ympedir el paso a tantos perdídos que ynundan las Indias y rebajen en ellas las costnmbrs se repara tanto en conceder el paso atan corto número de Religiosos que con licenca de sus superio- res sugetos a la obediencia, van a comberlir ynficles, desnudos de otro humano interés y en tanto creçera mas esta ponderación a quento se su- piere el fruto que consiguen y el clamor comun con que son aplaudidos; Tampoco se dene reçelrn' que cause perjuicios con enquentros o con- tradiciones que con el tiempo puedan resultar entre los Religiosos del Abrojo, y de la obseruencia que catan ella, y estos Capuchinos por la Oposizión ¡/10 v,° /7 que ay entre ellos, por que esto no puede causar embaraço respecto de que la mision de los Capuchinos es tan distante de la Prouinçia de los Cumanagatos respecto donde oy se hallan que primero que se estienda lo redución de estos Capuchinos a poderse juntar con la Prouincia de los Cumanagatos pasaran muchos años y ojale que el succe- so sea tan feliz, que la una y la otra reduccion siendo de tan dilatadas Provincias que la combersion de todos los Infieles de ellas se bínlesen a juntar despues (le conibei'tidos todos a nvestre Santa fee, y asi.este recelo no deue retardar la misión de los Capuchinos y mas con la consideración y inexime ten piadosa que Vuestra Magestad y sus gloriosos progenitores yel Consejoe suyniitasiót mjticado de que porvre Alma sola que se combierta abenturaM las rentas de sus estados: Por todo lo quci son de parecer que e estos Religiosos se les mande sxpresainente que bueluan en éstos galeones, en el Patache de la Margari- ta y que Vuestra Magestad les permita licuar consigo otros dies o doce re- ligiosos mas por cora encargando u los Prouin cicles de Aragon y Andalu- cia que entre si se ajusten y los repartan de ambas Prouincias o de la que los ¡/11/7 tuuiere mas a mano, sin que entre si tengan diferencia sobre si hmision ha de ser de la Pronincia de Aragon o de-Andalucia, Pues no es justo que en vne Religión nilame, tan santa, aya esta singularidad, y es de creer de su mucha virtud que sin dificultad se ajusten en esto: Que juntamente se de orden al Gouernador de Caracas o Cumana, a quien tocare que en el entretanto que con el aumento de las reduciones se necesitare (como se cree acre preciso) de mayor número de Religiosos que para estos que flora se diçen vaycn,y para los que ella estan se les aco- mode de vn ospicio decente en que puedan TÑ_ennbentualidad. Y con este principio necesariamente se yran araigando y les acre preciso fun- dar conuenfo en lo poi venir y que esta religion se extiende y sea (sic) la propagación del Ebangelio, la que se neçesita en tan dilatadas Prouincias de infieles, y este es la primera obligaçion de Vuestra Magestad y la que justifica la posesión de las Indias en les quaies no se començeron sus con-

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