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41 otra embarcación si la liuuiere más prom pta y segura y se les concede- ra licencio para lleüar consigo _do~ ce religiosos encargando el cuida- do des/as misiones al Provincial aeAndaluciay en caso que se di- uida laProuincia al que quedase en la de 3vi//a por la convenien- cia de la ercania de los Puertos disponiendo que los Religiosos que son aragoneses de los que estan alta se agreguen a la la Prouincia de Andalucia siempre que en mi nombre ¡/1 v.°// hablara Nuncio para que lo conceda Juan Bauptista Saenz Nauarreteque procurará sacar luego las letras nezesarias, y por el Consejo se darán sin dila- cion los despachos que le tocaren para que estos religiosos no se de- tengan y hauiendo proedido e] cumplimiento desta mi resolución se uer en conformidad della lo que sera bien hazer en quanto al ospicio y_se me conultard luego siempre _este _punto. —Hay una rú- brica. (,del Rey?) por donde lo procuran compro- uar para que vuestra Magestad con estas noticias resuelba lo más ________________ conuenienle y ordene a los Reli- giosos que han quedado en las _ ______________ Indias lo que hauleren de hacer y que a los dos que han venido se les conceda licencia para re- tirarse a su 'Prouincia de Ana- ______ gon.//1 v.°//. Para responder al Decreto refe- __________ rido y consultar a Vuestra Mages- tad en su cumplimiento lo que pa- reciese se ha traydo al Consejo lo que vuestra Magestad vltima- ____________________ mente se siruió de resoluer sobre esta materia y todos los papeles a ella pertenecientesi que parecio necesario se reconociesen y ha- _____ uiendose visto se ofrece decir u vuestra Magesfad que con oca- sión de hauerse recibido carta de Fray Lorenço Magallon escrita en Caracas a 2 de Diciembre de 658 en que refería que la msion de los Cumanagotos (que es a la que ha- uian ido destinados) se via gran dificultad por las raçones que re- feria y que hauian pasado a la Prouincia de Caracas donde hauian echo 'rande fruto, se discurrió en el Consejo con vistas de ella y de otros nue- ubs papeles, sobre si se daria o no la licencia que antes hauian pedido pa- ra qne pasasen otros seis Religiosos Capuchinos de las Prouincias de An- dalucia y Aragon, a la Predicacion de los Indios Cumanagótos y lo que combendrfa probeer en la materia y haulendo conferido sobre ella con toda la atencion que pide su importancia consultó el Consejo a vuestra Mages- tad en 21 de Julio de 660 lo que se ofrecía con las raçones y motiuos que se tuuieron presentes, siendo de parecer que no se deuia dar la licencia que se pedía, y que se imbiase orden a fray Lorenço de Magallon, para que el y los deins 1/2// Religiosos que tenía consigo en Caracas y en la Predicaçion de los Cumanagotos; se voluiesen a sus Prouincias dandoles los Gouernadores de Caracas y Cumana lo que huuiesen menester para su viage, segun las ordenes que se les ymbiarian, y que al Gouernador de

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