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21 verá) porque aunque es verdad, que absolutamente hablando V. Mag, es dueño de todo, y que de su mere, y pura voluntad pendio el entrar los Ca- puchinos en las Indias a esta Mission, y depende el perseverar, o no per- severar en ella los mismos Capuchinos, porque es acto potestativo, y puramente gracioso de V. Mag. pero aviendo ya entrado vna vez, y dado~ les licencie, y facultad para que entrassen a convertir, y doctrinar aquellos infieles y executado este ministerio, con grande aprovechamiento delios, aumento de todo lo que pertenece al servicio de Dios, y de V. Mag. con aprouacion general, assi de los Gouernadores, como de los denias ecle- siasticos, y seculares, no parece que se les puede privar del ministerio, sin notable daño de su credito y reputacion; y lo que mes es, de la de sil Religion, porque a todos ha causado su retiro, por orden deV. Mag. y de su Real Consejo de las Indias, grandisaima adniiracion, y varias sospe- chas, discurriendo cada vno en el caso, conforme á su genio, o su bon- dad, ó malicia, y no puede ayer question, que aunque (como dicho es) V. Mag. es dueño de todo, y que los Capuchinos ; ni tienen, ni pretenden tener derecho alguno, a estar en aquellas tierras de V. Mag. aunque sea a obra tan santa: tanibien es indubitable, que tiene derecho constante, y cierto a su honra, y credito, y al de su Religion, y que sin gravissima cau- sa, no pueden ser despojados d1, ni se les puede hazer favor a los Padres de la Observancia, en perluizi0 de los Capuchinos, y de su honra, y reputación; porque como determina el Derecho, y comunmenfe los Docto- res, es contra justicia, el hazer favor á alguno, en daño, y perjuicio de tercero. Lo nono, porque ha de ayer gran diferencia en el modo de passar 6 las Indias, y estar en ellas los Missionarios Observantes; ó los Capuchinos; porque aquellos por lo menos han de hazer costa á la Real Hazienda, del socorro ordinario, que V. Mag, da a todos los Missionarios que passan e las Indias, y si no lo sacaren de V. Mag. y de su Real Patrimonio, lo se- caráade los Indios, como lo sacan en todas partes con las doctrinas, que será perder esta Mission, y los Capuchinos, ni pidieron ni aceptaron de V. Mag. ni lo harán en adelante subsidio alguno de su Real Hazienda; porque los ornamentos, calizes, y libros, y las denias cosas pertenecien- tes, y necessarias para el culto Divino, las llevaron, y llevarán de España, euiendolas recibido de limosna de los Fieles, y devotos de su religion, y en las Indias se sustentavan como dichoes, del trabajo de sus manos, sin pedir, ni recibir nada de las axas Reales de V. Mag. ni de los Españoles de aquellas costas, ni de los mismos Indios. Y porque han informado e V. Mag. y a su Real Consejo de las Indias, que los Padres Observantes tienen mas comodidad para la dicha Mission, porque dizen tienen Convento en la nueva Barcelona, distante solas ce

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