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tener muy en dienta el lector en el curso de este trabajo, quiere errar en sus juicios. Otra observación tenemos que hae. y es que los Padres misioneros hacían diferencia de unos b nes a otros (r): los de la misión estaban destinados a pasar. la administración de las futuras diócesis; los de la Orden >'t necían directamente a la Santa Sede; los misioneros tenía solamente el usufructo y la dirección de unos y de otros; la pr piedad particular y común de los indios era distinta y apart Dicho esto, podemos entrar libremente a espigar en este carnp; fecundo, procurando poner en claro el modo de proceder lø misioneros en la administración y gobierno económico-social d sus misiones, ya se mire al conjunto de los diversos centros d, gobierno, ya los estudiemos cada uno en particular. Varias fuentes principales de riqueza pública encontram • en cada centro de misión, con la particularidad de que en la misiones de los Capuchinos de Cumaná hallamos bien marcad la cuestión agrícola; en el centro de las misiones de la Guay a. na, la cuestión pecuaria e industrial; en el centro de Caraca; de los Llanos y de Apure, sobresalía el producto del cacao; y. en el centro de Maracaibo y de los indios motilones, el ganado y los frutos menores; no es que los misioneros en cada uno de los centros se fijasen en un producto solo, sino que atendiendo a todo llegaron a sobresalir cada uno de los centros en las, especialidades ya dichas; a ello tal vez contribuiría el carácter agrícola del aragonés y del castellano, el industrial de Catalu- ña, el de los frutos, propio de Andalucía y de Valencia, y el-1 múltiple de los cántabros, dejando así estampada la proceden- cia de unos y de otros Capuchinos españoles. Por riqueza de las misiones entendemos nosotros la abun- dancia de las cosas necesarias o útiles a los indios; y por el gobierno y administración económico-social de las misiones de los Padres, las leyes por las que los misioneros regulaban la, producción, distribución y consumo de esa abundancia, en or- den al bien común de los indígenas; sin confundirla con la riqueza privada, ni con la hacienda pública, sino atendiendo solamente a la de todo el conjunto indígena puesto al cuidado () Archiv. Nac. de Venezuela. Año de 1 773.

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