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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 37 78.—Despacho original del obispo de Caracas, a pedimento del Prefecto de las misiones, para trasladar la misión de San Antonio de Amure al sitio de Sarare (Caracas, 4 de julio de 1715). 79.—Real cédula, en testimonio, al gobernador de Caracas, en la que S. M. le ordena no impida a los misioneros capuchinos el que reduzcan a población españoles, pardos o mulatos y negros libres que habitan en los montes, y les administren los Santos Sacramen- tos, ínterin que. por el obispo se les pongan curas clérigos, y en las que se les concede a dichos misioneros licencia expresa para fundar un pueblo o ciudad en los Cerritos de Cocorote (Aranjuez, 18 de mayo de 1716). —Información original hecha por la Real Justicia, Cabildo y Regimiento de la villa de San Carlos de Austria a favor de las misio- nes y misioneros para satisfacer el libelo que presentaron ante el Real Consejo en contra de las misiones y misioneros Bartolomé Gutiérrez y otros vecinos de dicha villa en pago de lo mucho que dichos misioneros habían hecho por ellos (1716). 80.—Real cédula, en testimonio, al obispo de Caracas, en la que S. M. le preinserta otras dos en orden a que el Prefecto de las misio- nes de Capuchinos de aquella provincia nombre o proponga tenientes en las villas que fundaren los misioneros, y que el gobernador les dé el título y jurisdicción (Madrid, 24 de marzo de 1717). 81.—Real cédula, en testimonio, al juez de tierras D. Francisco Gil, en la que S. M. le ordena y manda se den las tierras a los pobla- dores de la villa de San Carlos y Nuestra Señora del Pilar de Araure, según lo prevenido en la ley 15, libro 4, título 42, y en las cédulas expedidas a favor de los pobladores de dichas villas (Madrid, 29 de marzo de 1717). 82.—Real cédula, en testimonio, al gobernador de Caracas en la que S. M. le ordena y manda informe, juntamente con el obispo, lo que tuviere por conveniente para la fundación del Hospicio en la villa de San Carlos, que representa el Prefecto de las misiones de Capu- chinos ser necesario para los misioneros (Madrid, 29 de marzo de 1717). 83.—Real cédula, en testimonio, a dicho gobernador, en la que S. M: le ordena y manda prosiga la causa contra Bartolomé Gutié- rrez y Esteban Moreno y, sustanciada y determinada que sea, los casti- gue con grandes penas, remitiendo la causa al Consejo y hasta su reso- lución los mantenga presos (Madrid, 29 de marzo de 1717).

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