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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 33 pagar más tributo del que se les está señalado, les molestaren o les hicieren algunas violencias (Madrid, 5 de agosto de 1702). 51.-Real cédula, en testimonio, al obispo de Caracas, en la que S. M. le encarga y encarecidamente le ruega esté a la mira para atajar las violencias y molestias que los corregidores hicieren o ejecu- taren con los indios (Madrid, 5 de agosto de 1702). 52.-Real cédula original al Prefecto y religiosos de las misiones de Capuchinos de Caracas, en la que S. M. encarecidamente les encar- ga estén a la mira de los corregidores para que no hagan molestias ni violencias a los indios y que den cuenta de los que incurrieren en este delito (Madrid, 5 de agosto de 1702). 53.-Real cédula, en testimonio, en la que S. M. ordena y manda al gobernador de Caracas haga publicar y poner edictos en toda aquella provincia, previniendo que cualquiera que cometiere mal tratamiento a los indios, será castigado con la más severa demostración (Madrid, 5 de agosto de 1702). 54.-Cédula original al gobernador de Caracas, en la que se le ordena y manda haga se pague el trabajo de los indios en especie de dinero y no en otro ningún género (Madrid, 5 de agosto de 1702). 55.-Real. cédula original al Prefecto y religiosos capuchinos de la provincia de Caracas, en la que S. M. les da aviso de la real cédula y materia supradicha para que estén a la mira de su cumpli- miento (Madrid, 5 de agosto de 1702). 56.-Real cédula original al obispo de Caracas, en la que S. M. le encarga no impida, antes sí fomente a los misioneros capuchinos a que hagan y prediquen misiones en todo su obispado (Madrid, 5 de agosto de 1702). 57.-Real cédula original a dicho obispo, en la que se le encarga permita a los misioneros capuchinos usar de la facultad que se les concede por las bulas que se citan (Madrid, 5 de agosto de 1702). 58.-Real cédula original al gobernador de Caracas, en la que S. M. le ordena y manda permita que los misioneros capuchinos plan- ten haciendas de cacao en la forma y para el fin que se expresa (Ma- drid, 5 de agosto de 1702). 59.-Real cédula original a dicho gobernador, avisándole de la licencia que se les concede a los misioneros capuchinos de aquella pro- vincia para fundar una villa, como la de San Carlos de Austria, en las orillas del río Pao (Madrid, 5 de agosto de 1702).

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