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30 PUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA vigor para todo lo demás contenido en ellas (Madrid, 15 de junio de 1692). 25.-Real cédula, en testimonio, al obispo de Caracas, dándole noticia de dos despachos con que vuelve a dichas misiones el P. Ilde- fonso de Zaragoza y a favor suyo y encargándole fomente por su parte dichas misiones, asistiendo a los religiosos de ellas en todo lo que dependiere de él, ayudándoles y auxiliándoles en lo demás que se les ofreciere (Madrid, 27 de agosto de 1692). 26.-Real cédula, en testimonio, al gobernador de Caracas, dándo- le la misma noticia y mandándole lo supradicho al obispo: del mismo tenor y fecha. 27.-Real cédula original al obispo de Caracas, en la que S. M. le encarga mantenga en la conversión de los indios tomusas a los misioneros capuchinos, a cuyo cuidado avisaba haberlos puesto (Ma- drid, 20 junio 1694). 28.-Real cédula original al dicho obispo para que asista a la junta que le está encargada sobre si conviene la mudanza o perma- nencia de los indios gayones (Madrid, 20 de junio de 1694). 29.-Real cédula original a dicho obispo, en la que S.M. le da aviso cómo se le encarga al Prefecto de dichas misiones que, en caso de remitir algún religioso a España por enfermo o menos al propósito, deba preceder para la resolución la junta de obispo, gobernador y Prefecto y los dos religiosos más antiguos (Madrid, 23 de diciembre de 1694). 30.-Autos, en testimonio, de la fundación hecha por los misio- neros capuchinos de esta provincia, en virtud de la real cédula fecha en 15 de junio de 1692, de la villa de Nuestra Señora del Pilar de Arau- re, su sitio y demarcación de tierras (6 de julio de 1696). 31.-Real cédula, en testimonio, al gobernador de Caracas, en la que S. M. le ordena y manda el que en las villas de San Carlos de Austria y Nuestra Señora del Pilar de Araure se pongan tenientes nombrados por el Prefecto de las misiones (Madrid, 15 de junio de 1696). Sobrecartada en Madrid, 29 de marzo de 1717. 32.-Real cédula, en testimonio, al obispo de Caracas, encargán- dole que por su parte concurra al cumplimiento de la supradicha real cédula fecha en Buen Retiro, 17 de junio de 1696, sobrecartada en Madrid, 24 de marzo de 1717. 33.-Real cédula, en testimonio, en la que S. M. dispone no pueda ningún misionero volverse a España hasta haber cumplido diez

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