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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 405 les y al establecimiento de congruas para los curas, supliéndose para ellas por sus vecinos y por la real hacienda, en cuanto a los indios, el déficit de los novenos beneficiales, los cuales, según el certificado dado por el contador de diezmos de diez de septiembre último, ascienden anualmente en todo el territorio de las misiones del otro lado al sur del río Apure a 1.391 pesos, según el cómputo hecho por el último quinquenio: que aunque está ya recibida la expresada comisión, no es posible por ahora realizarse a causa de copiosas lluvias y de inunda- ciones en aquellos mismos terrenos, (le suerte que hasta el verano ve- nidero ha de dilatarse precisamente, según el aviso dado a S.S. Ilma. en oficios de siete y ocho del corriente mes por el señor gobernador y por el comisionado eclesiástico: que el M.R.P. Prefecto, en oficio de 23 de marzo último, participando a S.S. Ilma. el desamparo en que dejaron sus misiones cinco religiosos pasándose a la provincia de Guayana y que sólo habían quedado el mismo prelado y dos misione- ros para la cura de almas de todas las misiones, suplica encarecida- mente por la provisión de las entregadas en curas seculares, sobre todo lo cual tiene S. S. Ilma. contestado lo que consta de la copia de su oficio de 4 del próximo abril, así en cuanto al regreso de los enun- ciados religiosos como para ocurrir al posible remedio de aquellas ne- cesidades, las cuales también ha participado a S. S.I. el mismo señor gobernador de Barinas en oficio de 7 del corriente mes» acompañado de copias de representaciones hechas» en que más lastimosamente se demuestran, clamándose por la más pronta provisión de ministros para el socorro espiritual de aquellos fieles habitantes, que perecen sin el que desean especialmente en el artículo de la muerte, y cuyos clamo- res reiterados a nombre de todos por los señores diputados de la mis- ma provincia de Barinas en el Supremo Congreso de Venezuela en la representación antecedente, penetran dolorosamente las entrañas de S.S .1., en la consideración de este lastimoso estado de aquella par- te de su amada grey que, aunque tan distante de esta capital» la ha te- nido y tiene muy presente: Debía determinar y determinó que, pre- termitidos todos los trámites ordinarios por no permitirlos el urgente remedio de las indicadas necesidades, y observados solamente los in- dispensables, se proceda desde luego a la provisión de curas seculares no solamente en la villa y pueblos propuestos, sino también en el de la Divina Pastora de Morrones, alias Guanare Viejo, cuya entrega está propuesta anteriormente y sobre que se han dado las providencias que

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