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26 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA 248 Contenido de los cinco libros llamados de Protocolo que formaban parte del archivo misional de los Capuchinos de los Llanos (1658- 1754). - Copia (Archivo Arquidioccsano de Caracas, Libro 90, libro primero de los del obispo Díez Madroiiero, ff. 222-227; FROILAN DE RIONEGRO, O.F.M. Cap., Misiones de los PP. Capuchinos. - Documentos, Pontevedra 1929, 72-83). Noticia de las bulas pontificias, reales cédulas, despachos, infor- maciones, otros instrumentos y papeles que así originales como en testimonio se hallan en solos los cinco tomos o libros del Protocolo, que para en ci archivo de las misiones de Capuchinos de la provincia de Caracas o Venezuela, a que me refiero. Primeramente una bula, en testimonio, de Adriano VI, por la que se conceden muchos privilegios y facultades a los misionarios (Roma, 10 mayo 1522). 1.—Rcal cédula, en testimonio, inserta en los despachos del Pre- sidente de la Casa de Contratación a las Indias, en la que S. M. concede los seis primeros religiosos misioneros que vinieron a la reducción de los indios gentiles de la provincia de Caracas (Buen Retiro, 21 de mayo de 1658). Despachos del Venerable Deán y Cabildo de la Santa Iglesia Cate- dral de Caracas, dados a dichos primeros misioneros capuchinos para el mejor éxito de su ministerio en 1658. 2.—Real cédula, en testimonio, en la que S. M. manda a sus gobernadores asistan a los misioneros con toda caridad en el ministerio apostólico a que son enviados (San Lorenzo, 26 de octubre de 1662). 3.—Real cédula, en testimonio, al Comisario general en la que S. M. le ordena vuelvan a las misiones de Caracas y Cumaná, con otros doce religiosos, por el mucho fruto que en ellas habían hecho, Fray Agustín de Frías y Fray Francisco de Tauste, y que no permita vaya ninguno a ellas con comisión alguna, aunque sea del Santo Oficio, y en la que declara el que todos los misioneros deben estar sujetos al Provincial de Capuchinos de Andalucía como a Comisario general (Ma- drid, 27 de agosto de 1676). 4.—Real cédula, en testimonio, en la que S. M. aprueba las orde- nanzas insertas en ella y hechas en junta por los señores obispo, gober- nador, cabildo y religiones de la ciudad de Caracas para el buen

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