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254 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA tributos en su mitad o en el todo, según las circunstancias y tiempos que previenen las leyes. De lo hasta aquí expuesto resulta que, cuando los misioneros entre- gan los pueblos al Ordinario eclesiástico, ya están incluidos en ellos muchos españoles blancos, pardos, negros y zambos, que van admitien- do contra la prohibición de las leyes de estos reinos, lo cual sucede así porque los Capuchinos disimulan para no estar solos con indios rústicos, como porque, ínterin se erigen curatos para dichos españo- les que se hallan muy distantes de otros ministros, se encomiendan provisionalmente a los sacerdotes más inmediatos, según expuse a V. M. en carta de 28 de este año, en la cual se trata principalmente sobre los religiosos Dominicos y Mercedarios que pretenden esta- blecerse en la villa de San Carlos de Austria. Pero el Obispo ha cuidado en su pastoral visita que, dentro de la legua asignada a cada viento de los cuatro principales para territorio de cada pueblo de misión, no haya otras personas que los indios, a excepción de aquellas que permiten las reales órdenes de V.M.; mas no por eso han dejado de numerarse en la misma visita, como queda expuesto, todas las personas a quienes administra el misionero, ade- más de los indios, sean blancos, pardos o negros; y de aquel princi- pio proviene que en algunos pueblos excede el número de españoles al de los indios. También es cierto que uno u otro misionero, colocado en algún paraje con pocos indios, como, por ejemplo, en el sitio de San Pedro de Alcántara del río de María, han admitido indiferentemente indios y españoles de todas castas de mucho tiempo reducidos y cristianos, ya de otras misiones o ya de las entregadas y erectas en doctrinas secu- lares, hasta incluir algunos indios libres, esto es, aquellos que desde los principios de la conquista de esta provincia han sido exentos de tributos por su pronta y voluntaria sumisión, como se verifica en los indios caquetíos y de otras naciones fundados en los pueblos llamados Santa Ana, San Nicolás de Noruy, Mitare, Sasárida, Capatárida, Carri- zal, Guaibacoa, Cumareno y Jacura, de la jurisdicción de la ciudad de Coro, los cuales, a diferencia de otros que allí hay tributarios en distin- tos pueblos, sólo pagan anualmente cierta contribución a su cacique y otra a su cura doctrinero, y a este último suelen no pagarle. El referido abuso podrá remediarse estando los misionarios suje- tos en la conformidad supradicha al Prelado diocesano y sus visitado- res, para que éstos y los jueces reales, en lo que les incumbe, celen

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