BCCCAP00000000000000000000508

202 PUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA Padre comisario general, como está prevenido por leyes y reales or- denaciones de Indias, confirmadas por S.M. y especialmente por la ordenación quinta de nuestras reales y generales ordenaciones de In- dias, queriendo los dichos religiosos, contra todo derecho, separarse por sí mismos y de su propia autoridad de la obediencia de su prela- do inmediato, el Prefecto de .stas misiones, que fue quien los envió a Orinoco. Conociendo, pues, todos evidentemente y confesando todos los misioneros de esta provincia que el referido Capítulo de Orinoco fue nulo y monstruoso, especialmente el R.P. Fr. Fernando de Ar- dales, Prefecto que entonces era, quien, con la evidente suposición de ser nulo dicho Capítulo, se firmaba Prefecto de Caracas y del alto Orinoco y Río Negro, sin embargo en el Capítulo celebrado en Cojede el día 29 de noviembre del año 1765, habiendo concurrido a él los PP. Fr. Domingo de Campillos y Fr. Alonso de Castro, no quiso el dicho Prefecto se admitiesen a las elecciones con voz activa y pa- siva, alegando que no eran misioneros de esta provincia, pues se ha- bían extrañado de ella por haber concurrido al referido Capítulo de Orinoco. Y en el Capítulo siguiente, celebrado en Cojede el día 24 de enero de 1769, fue excluido también el P. Fr. Luis José de Se- villa de la concurrencia con la voz activa y pasiva con el mismo pre- texto. Y por más que los referidos religiosos reclamaron alegando de su derecho en uno y otro capítulo y que han recurrido repetidas ve- ces al Rmo. P. Comisario general. han tenido respuesta alguna en el tiempo de más de seis años, ni los Prefectos que han sido les han querido oír en justicia. Por lo que, habiendo presentado el P. Fr. Luis José de Sevilla un escrito sobre este particular a los RR. PP. Prefecto y Conjúdices en la junta que celebraron en Cojede, el día 16 de febrero del año pasado de 1771, para la citación del Capítulo venidero, fueron de parecer los dichos RR . PP. Prefecto y Conjú- dices, con dos de los ex-Prefectos, que fueron los RR. PP. Fr. José de Alhama y Fr. Jerónimo de Gibraltar, que el dicho P. Fr. Luis José de Sevilla y los compañeros que habían ido con él al Orinoco, eran legítimos y propios misioneros de esta provincia y que, como tales, gozaban por derecho la acción de concurrir con la voz activa y pasiva a nuestros Capítulos, sin que obstase para ello la razón de haber concurrido al Capítulo que se hizo en Orinoco, por haber sido nulo, monstruoso y de ningún valor. Pero el R.P. Fr. Jerónimo de Gibraltar y los PP. Conjúdices, movidos de éstos, añadieron que,

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz