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142 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA y discusión de este asunto, y debiendo para norte de esta empresa explorar aquel vasto e incógnito terreno, para proceder con acierto al caso de fundaciones corno también de camino tratar con las naciones de indios de su reducción y población, para lo que se hacen indis- pensables varias gratificaciones de rescates y herramientas para agra- dar y habilitar a dichos indios a que se funden en su propio país, lo que considero harán gustosos, respecto a que ya ven poblados en dicho terreno tres pueblos de indios sus circunvecinos, que de dos años a esta parte tienen fundados mis hermanos misioneros de esta provincia, y que, con el mismo hecho de darles rescates y herramien- tas, se confirman en la gustosa creencia de fundarse en sus propias tierras, por tanto y debiéndose para este tan santo y a todos útil fin, emplearse los costos necesarios para dicho exploro, gratificaciones y conducciones, cuyas partidas justificará el conocimiento práctico de V. S., se ha de servir para este considerable asunto dar por su parte aquellas providencias que efectúen nuestros buenos deseos, las que, si a los principios de la reducción de los indios de esta provincia de Caracas concedidas por S.M., probaron bien, no se promete menos en esta reducción, en la que a más del conocido servicio de Dios, bien espiritual y temporal de los indios, se logra el del rey nuestro señor y el aseguro de sus caudales que anualmente bajan de Santa Fe por dicho Meta, el acomodo de muchos de sus vasallos que desean poblarse en dicho terreno, la unión de estas misiones de Caracas con las del alto Orinoco, la facilidad del comercio de esta provincia de Caracas con el reino de Santa Fe, con lo demás que mi cortedad me previene, y siendo tan de la obligación de V .S. proteger y acalorar tan santos, honestos y útiles objetos, espero de la conocida exactitud de V .S. dará las más prontas y eficaces providencias. Y la divina favorezca a V. S. por muchos años. Caracas, en trece de diciembre de mil sete- cientos sesenta y nueve años.— Beso la mano de V.S. su más atento servidor. Fray Jerónimo de Gibraltar.— Señor Don José Solano. Decreto.— Caracas, diez y seis de diciembre de mil setecientos sesenta y nueve.— Mediante a que por el propio conocimiento y prác- tica que tengo, he acordado con el señor Provisor y Vicario general de este obispado la comisión que representa el R.P. Prefecto Fray Jerónimo de Gibraltar al descubrimiento y exploración de los terrenos que hay del otro lado del río Apure, hacia el sur, hasta el de Meta que desciende del reino de Santa Fe, por lo muy útil e importante de

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