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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 165 Cédula al Prefecto de la misión de los Llanos en la que se ha varios desórdenes atribuidos a los misioneros por falsos ac encargándole el rey procure que los vecinos de la villa de Si se mantengan dentro de los límites de su gobierno y no causa cios a los indios.— Buen Retiro, 21 marzo 1715.— Copia aul (Archivo de la Academia Nacional de la Historia, de Caracas, Cc Bulas y cédulas reales (1709-1754), f. 175). El Rey. Superior de las misiones de religiosos capuchinos de la villa de San Carlos de Austria en la Provincia de Caracas: En mi Consejo de las Indias se ha tenido noticia de que, con motivo de haber procurado los expresados religiosos misioneros la fundación de dicha villa de San Carlos, quierían tener dominio sobre las justicias de ella, preten- diendo nombrar teniente y justicia mayor, no obstante los autos y de- claraciones que había en contrario, como lo hacían en la villa de Arau- re, y que, aunque no habían conseguido esta pretensión, superaban sus disposiciones, pues a su devociSn procuraban se eligiesen las jus- ticias para poderlas manejar conforme a sus intereses, queriendo apro- piarse no sólo de la jurisdicción real, en entrometerse en el gobierno temporal, sino en el real señorío de dar datas de tierras, así en la dicha villa de San Carlos como en la de Araure, introduciendo para esto im- poner el gravamen de un peso al año por cada sitio que daban, come- tiendo así mismo autos privados para que las justicias de ellas pusie- se en ejecución lo que determinaban, lo cual era en contravención de repetidas cédulas y leyes y estar declarada la incompetente jurisdicción que tenían los expresados misioneros para entrometerse en lo refeni.. do, y que a esto se añadía el absoluto dominio y sujeción con que tra- taban a los indios que están a su cuidado para la instrucción de la doctrina cristiana, pues los aplicaban los dichos misioneros al trabajo de labores para utilidad suya, de cuyo trato había resultado que un • pueblo fundado en las orillas del río Pao, jurisdicción de la dicha villa de San Carlos, que se componía de más de ochocientas almas, le desam- pararon el año de mil setecientos siete, volviendo otra vez al barbaris- mo en que se mantenían, habiendo salido algunos de estos indios a • encontrarse con los vecinos de aquellas cercanías y decirles desearían mantenerse entre los españoles, como no les asistiesen Capuchinos, ma-
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