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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 41 cédulas que ha traído dicho R. Padre, viene una, su fecha en Ma- drid, de cinco de agosto del año pasado de mil setecientos y dos, en que ordena S.M., que Dios guarde, sea admitida la dejación de las dos villas de San Carlos de Austria, Nuestra Señora del Pilar de Za- ragoza, y de los pueblos de indios de San Antonio de Araure, San Diego del río Cojede, San José de Mapuey, San Francisco de Tirgua, y el de San Miguel de Acarigua, de que expresa que dichos misionarios convocados hicieron dejación. Por cuya razón ordeno y mando a Vuestras Caridades juren y declaren qué motivos tuvieron para pe- dir dicha dejación, por no haber hallado en el archivo instrumento que lo declare. Y en primer lugar ante todos declaró el R. P. Fray Marcelino de San Vicente y juró in verbo sacerdotis, tacto pectore sacerdotali, cómo la dejación de dichas villas y pueblos, que constan de dicha cédula mencionada, no la hizo de orden de los misionarios de esta provincia de Caracas, ni de alguno de ellos en particular, ni se sacó en nombre de nuestra misión, y lo firmó, su fecha ut supra. Fray Marcelino de San Vicente. Ante mí, Fray Arsenio de Sevilla, secretario. (Y en esta misma forma fueron declarando y testificando los demás misioneros arriba mencionados, que tampoco ellos lo pidieron). En diez y nueve días del mes de agosto de mil setecientos y seis, en esta misma misión de Cojede, yo dicho Prefecto volví a con- gregar los religiosos arriba mencionados, para que declarasen y jura- sen si es conveniente al servicio de Dios y de nuestro católico rey, que Dios guarde, se ponga en ejecución lo que ordena y manda por lalicha cédula mencionada. Y en primer lugar pareció el R. P. Fray Ga'ricl de Sanlúcar y dijo que, para el descargo de su conciencia y por la experiencia que tiene de treinta y cinco años de misionario y setenta años cumplidos de edad, y que está para dar cuenta a Dios más que otra cosa, y por la experiencia que tiene de los naturales de esta tierra y de la volubilidad de los indios que, aunque tengan cua- renta años de poblados, con sólo que diga un muchacho o una vieja que allí tiene hambre, que se vayan a sus tierras, basta para que se levanten y huyan, y si no fuera por la experiencia de mis hermanos los Capuchinos que, conociéndolos, acuden al reparo y detenerlos, cómo ha de creer que mudándoles gobierno espiritual y temporal haya de parar ninguno; por lo cual dijo ser su parecer que se suplique de la real cédula hasta tanto que nuestro rey y señor, que Dios guarde,

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