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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 31 y prelados de religiones que hubiere en esa ciudad, el Déan y canóni- gos Magistral y Penitenciario, y, oyendo los fundamentos y razones de los religiosos misioneros, se trate en ella esta materia con grande acuerdo, como lo pide su gravedad, teniendo presente la libertad na- tura; y, en el caso de que todos los votos se conformen y estén uná- nimes en esta separación de los hijos de sus padres, se pondrá en planta por los medios más convenientes y suaves; y, habiendo disen- sión o estando discordes los votos y pareceres de los que concurrieren a la junta, se suspenderá la ejecución; y en cualquiera de los dos casos me daréis cuenta de lo que pasare en la junta con toda claridad y distinción y con instrumentos que lo justifiquen para hallarme ente- rado, por convenir así a mi servicio.— Fecha en Madrid, a 5 de agos- to de 1702.— Yo la Reina.— Por mandado de Su Majestad, Don Manuel Aperregui. 150 Cédula al gobernador de Venezuela por la que se autorizan en los pueblos misionales haciendas de cacao y conucos de maíz pero que- dando de propiedad de los indios, aunque debían ser administrados por los misioneros capuchinos.— Madrid, 5 agosto 1702.— Original (AGI, Indiferente general, 2877, Registro de cédulas, FF42, fí. 198v..300). El Rey y la Reina Gobernadora. Mi gobernador y capitán general de la provincia de Venezuela: Fray Marcelino de San Vicente, religioso capuchino y Prefecto de las misiones que en esa provincia tiene su religión, ha representado, entre otras cosas, que, en el Capítulo que celebraron los religiosos de dichas misiones el año de setecientos, ventilaron y resolvieron de uniforme consentimiento, que, para aumento espiritual y temporal de los indios, convenía mucho el que se plantasen algunas haciendas de cacao donde hubiera comodidad, o que se hicieren conucos grandes de maíz y que, con lo que se cogiese, se solicitasen yeguas de vientre, cuyas haciendas estén en nombre de los Padres que los gobiernan, sin tener el uso ni propiedad sino los indios, excusándoles sólo la noticia de ser su- yas, a fin de que no las malbaraten, pues por su suma ignorancia, si

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