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348 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA leguas distante del primero, con el título del Salvador, con indios de nación palenques. El primero ha tiempo de once años se fundó con indios que sacó del Orinoco el Padre Fray Miguel de Olivares, y el segundo, el año próximo pasado de 1744. Unos y otros indios están viviendo casi a su libertad, pues se van y se vienen al Orinoco siempre que quieren, y sólo permanecen en el pueblo el tiempo que le duran al religioso misionero los medios para gratificarlos, como son hachas, machetes, calabozos, cuchillos, peines, abalorios, vestuario, etc. Dichos indios en nada ayudan para la manutención del religioso o reli- giosos que se mantienen en su doctrina y catequización; antes por la contraria los mantiene de un todo el misionero para que no se vuelvan a las ollas de Egipto. Y no teniendo el operario u operarios que allí se conservan, medios para esto, ni hallarse en aquellos contornos españoles u otras gentes que puedan ayudar con sus limosnas para este fin, es preciso que cargue esta pensión sobre los demás pueblos de misiones, que todos ayudan a esto, a disposición del Prefecto de ellas. Dichos indios se conservan muy bárbaros; asisten a la doctrina cuando quieren, se van y hacen fuga cuando les da gana; mantienen las mu- jeres y concubinas que pueden; el maíz y yuca que siembran y cogen, que es el único fruto que da aquel país y éste con escasez, todo lo convierten en bebidas al modo de cerveza con que se embria- gan, sin poder los misioneros remediar estos excesos, por hallarse solos y destituidos de fuerzas para arreglarlos a lo que es razón y justicia, y esto mismo sucede en todos los pueblos de indios que se hallan sin sujeción de españoles. Para remedio de este daño y para arreglar a estos indios a una vida cristiana, sociable y política y en conformidad y virtud de lo que el rey nuestro señor tiene dispuesto en las ordenanzas que se hicieron en esta provincia y aprobó S. M. por su real cédula de privilegio, su fecha en San Lorenzo a 28 de septiem- bre de 1676, pidió el Prefecto que a la sazón era de estas misiones, el Padre Fray Prudencio de Braga, el año pasado de 1743, al Excmo. Señor Gobernador de esta provincia, Don Gabriel de Zuloaga, se sirviese, en virtud de la expresada real cédula, conceder licencia y librar su despacho para que fundásemos los misioneros un pueblo o villa de españoles, inmediato a dichas poblaciones de indios, que entonces era un solo pueblo y distante de la ciudad de San Sebastián de los Reyes, en cuya jurisdicción están situados, más de sesenta leguas. Concediáse, por fin, dicho despacho, como consta de su testimonio, y, estando ya tratando de la expresada población de españoles, la

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