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1 334 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA yana, otros, a Ja Trinidad y los más se volvieron a España, viendo frustrados sus deseos y cerradas las puertas para la conversión de aquellos gentiles. Pues sin abrigo de españoles que los sostengan y guarden las espaldas, no se puede conseguir el fin principal de su reducción, así por su barbaridad como por su inscontancia. De todo lo sobredicho se hallarán instrumentos que lo justifican en el archivo del Reverendísimo Padre Comisario General, según los años citados. 148.—Y, otnitiendo otros muchos ejemplares que constan de au- tos y prueban las tribulaciones y persecuciones que de varios modos han padecido, así estas misiones de Caracas como otras, y los incon- venientes y daños irreparables que se originan de cualesquiera nove- dad que se intente sin preceder la citación y audición de los misio- neros, que sin más fin ni interés que el desnudo celo de la conver- sión de las almas en servicio de Dios y del rey nuestro señor, se ocupan con incesante desvelo y tienen prae manibus y a la vista lo que conviene según la naturaleza y genios de los indios que adminis- tran. Paso ahora a la presente. 149.—Ya queda expuesto en el número 53 el fin que hubo para fundar los pueblos de indios de misión en los valles de Barquisimeto, dos leguas distante de un pueblecito o agregado de españoles llamado los Cerritos de Cocorote, en donde hoy está la ciudad de San Felipe, así para evitar las repetidas fugas de los indios como por las mon- tañas tan fértiles, aunque desiertas y despobladas, para poder aplicarse los indios a sus labores, como de hecho se aplicaron, de forma que el Padre Fray Marcelino de San Vicente fundó en aquellas tierras, por ser el propósito, una arboleda de cacao. Pasados diez o doce años de la fundación de las misiones, cl cabildo, justicia y regimiento de la ciudad de Barquisimeto, en cuya jurisdicción estaban, demolió, por justas causas que tendría, todas las casas y habitaciones del agregado o pueblo de españoles de dichos Cerritos de Cocorote, cuyos vecinos, ya despoblados y por aquellos montes dispersos, no teniendo otro asilo ocurrieron al Procurador de las misiones, que por entonces lo era el Padre Fray Marcelino de San Vicente, para que, usando de la facultad y privilegio que el rey nuestro señor tiene concedido a los misioneros capuchinos en su real cédula y ordenanzas en ellas inser- tas, su fecha en San Lorenzo a 28 de septiembre del año de 1676 y en otra real cédula, su fecha en Aranjuez a 19 de mayo de 1716, los poblase de nuevo para que sirviese dicha población de españoles de

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