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328 PUENTES PARA LA rnS'rOIuA COLONIAL DE VENEZUELA haciendo el dicho teniente grandes extorsiones a aquellos indios, ya pacíficos y reducidos, por quitarles sus ganados que tenían, y procu- rando defenderlos los misioneros, como era de su obligación, proce- dió dicho teniente contra los misioneros con imposturas y calumnias falsas, informando siniestramente al rey nuestro señor contra los reli- giosos; sobre lo que Su Majestad pidió informe al obispo de esta provincia y, cerciorado de la verdad, quedó satisfecho de nuestra buena conducta y de lo exactamente que cumplían los religiosos con su ministerio, como parece de la real cédula despachada al obispo de esta catedral, su fecha en Madrid a 6 de abril de 1691, y está a la vuelta del folio 2. No obstante esta satisfacción, afligidos los reli- giosos, abandonaron después los pueblos que tenían a su cargo de di- chos indios gayones, pues de ordinario nos ha sucedido hallarnos en el aprieto y estimularnos para que nos sacrifiquemos al riesgo, ya en pacificación de indios, negros levantados y aun ciudades, y después darnos el pago que no merecemos. 135.—Habiendo fundado los Capuchinos el pueblo de indios gen- tiles de nación tomusas en el valle de Araguata, que dista catorce leguas de la ciudad de Caracas, informaron siniestramente a Su Ma- jestad que los Capuchinos eran intrusos en la conversión y admi- nistración de aquellos indios; y, habiendo pedido informe Su Majes- tad al obispo de Caracas, en cédula de 11 de julio de 1690, enterado el rey nuestro señor de la verdad, mandó por su real despacho se mantuviesen los Capuchinos en dicha misión, como parece de su real cédula despachada en Madrid a 20 de junio de 1694 y está a la vuelta del folio 8. 136.—Por el año de 1689 se hicieron al rey nuestro señor varios informes siniestros contra los misioneros capuchinos y sus misiones, en cuya inteligencia despachó Su Majestad cuatro reales cédulas al obispo y gobernador, siendo la una de ellas el que los pueblos de misiones, que por entonces teníamos, se entregasen al Ordinario para que pusiese en ellos curas clérigos, y que para esto se juntasen y se pusiesen de acuerdo. Y habiendo citado al Prefecto de las misiones para esta resolución, en vista de lo que representó y de los autos e informaciones que se hicieron, determinaron dichos señores, cono- ciendo lo siniestro (le los informes en cuya virtud se habían despa- chado las expresadas cédulas, suspender su cumplimiento y ejecu- ción, dando cuenta a Su Majestad; y por parte de las misiones se

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