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262 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA consta, se halla tomada providencia por el Consejo en el asunto de que se trata con vista de los autos y competencias que hubo entre esta Religión y la de los Capuchinos de los llanos de Caracas, habiéndose declarado a favor de éstos el territorio de la banda de acá del Orinoco para hacer sus misiones, en que por su situación se comprendió e1 nue- vo pueblo de Cabruta, que fue el objeto y causa primaria de esta controversia, por lo que, estando como está ya tan maduramente resuel- to este negocio, le parece al fiscal no hay sino es que se lleven a puro y debido efecto las cédulas y despachos que a este fin se hallan forma- dos, sin que obste para su curso ni produzca derecho alguno a la Compañía la provisión o despacho que se enuncia, librado por el Virrey de Santa Fe, por resultar del mismo haberse decretado la manu- tención que pidieron del sitio de Cabruta, sin perjuicio de cualquier derecho que pudiesen tener a él los Capuchinos de Caracas, y de la remisión que por el gobierno de esta provincia se había hecho al Con- sejo de esta controversia. Madrid, y enero, 25, de 1745. 232 Instrucciones dadas por el Prefecto P. Miguel de Olivares al P. Miguel Francisco de Vélez, enviado por aquél a España a representar al rey y Consejo de Indias los problemas de la misión y las necesidades que padece, para que se ponga el oportuno remedio. - Cojede, 4 marzo 1745. - Copia autenticada (AGI, Santo Domingo, 826). Fray Miguel de Olivares, predicador, misionero apostólico, Expre. fecto y actual Prefecto, aunque indigno, de estas misiones de Capuchi- nos de la provincia de Venezuela y Caracas, etc. En virtud del decreto por Nos y por los RR. PP. Adjuntos dado en nuestra misión y pueblo de San Antonio de Turén, en doce días del mes de febrero de este presente año de mil setecientos cuarenta y cinco, en orden a remitir en primera ocasión de navío para España al R. P. Fray Miguel Francisco de Vélez, predicador, misionario apostólico y secre- tario de nuestras misiones, como apoderado de ellas, por las graves y urgentísimas causas que existen y ocurren para efecto de informar a nuestro R. P. Comisario general del estado de dichas misiones y de las providencias que se necesitan para su permanencia y adelantamiento

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