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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 261 cuidado de los misioneros capuchinos de la referida provincia de Vene- zuela, además de que, para el mejor régimen y buena consonancia con- viene no se introduzcan los operarios de unas Religiones en el terri- torio que ocupan otras, pues por más que la caridad cristiana haga su oficio, no dejará de encenderse alguna vez la discordia con la variedad de dictámenes, impidiéndose por este medio el principal intento de su destinación, por cuyas razones es siempre importante la división de territorios, he resuelto que los misioneros jesuitas del Nuevo Reino de Granada no pasen ni establezcan pueblo alguno en la parte de acá del río Orinoco, que comprenda la jurisdicción de la provincia de Venezuela, y que el que hubiesen establecido, le desamparen y dejen a los misioneros capuchinos que hay en ella, retirándose los de la Compañía de Jesús de la inmediación de estas misiones y conteniéndose en las que legítimamente estuvieren a su cargo hasta la banda de allá del río Orinoco. Por tanto, por la presente mi real cédula ordeno y mando a mi gobernador que es o fuere de la provincia de Vene- zuela y encargo a los Superiores de las Religiones de la Compañía de Jesús y de Capuchinos, a cuyo cargo estuvieren las misiones que hay en los territorios del Nuevo Reino de Granada y de la mencionada provincia de Venezuela, que cada uno en la parte que respectivamente le toca, observe y haga observar la expresada mi real determinación, sin poner ni consentir se ponga en el puntual cumplimiento de ella embarazo ni contradicción alguno, por ser así mi voluntad y conveS nir al servicio de Dios y mío. Fecha en ... [17441. 231 Dictamen del fiscal del Consejo de Indias sobre la réplica del jesuita P. Ignacio Altamirano, para que se dejase a los misioneros de la Com- pañía de Jesús en pacífica posesión del pueblo de Cabruta. - Madrid, 25 enero 1745. - Original (AGI, Santo Domingo, 634). Señor: El fiscal, supuesto el contenido de este memorial por el puntual resumen de secretaría a que se refiere y con vista del testimonio que incluía y antecedentes que se han puesto, dice que, como de ellos

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