BCCCAP00000000000000000000507

MSION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 255 229 Dictamen del fiscal del Consejo de Indias (Madrid, 22 abril 1744) y determinación de éste sobre que el río Orinoco es limite entre las misio- nes de los Capuchinos y Jesuitas. - Madrid, 7 mayo 1744. - Original (AGI, Santo Domingo, 634). El fiscal, en vista del memorial del Padre José Gumilla, de la Compañía de Jesús, Procurador general de la provincia del Nuevo Reino de Granada, en que expresa se halla con noticia de la instancia que en el Consejo tienen hecha los religiosos capuchinos de la provin- cia de Venezuela, sobre querer introducirse en las misiones del terri- torio que está señalado a los de la suya del citado Nuevo Reino de Granada y costa del río Orinoco, en cuya comprobación presenta dife- rentes cédulas y cartas, suplicando que, en su vista y de las razo- nes y fundamentos que expone difusamente, se tomen varias provi- dencias para fomento y resguardo de aquellas misiones, y que los religiosos capuchinos no se introduzcan en el territorio que no les pertenece, conteniéndose dentro de los límites que les están seña- lados, dice: que de los antecedentes que se han puesto, resulta que habiendo dado cuenta con autos de esta misma controversia el gober- nador de Caracas en carta de 15 de julio de 1741, a que dio motivo la fundación y establecimiento de un pueblo por los religiosos misione- ros de la Compañía del Nuevo Reino de Granada, en el sitio que llaman de Cabruta, a las márgenes del Orinoco, se tomó con preceden- te vista del fiscal y con la mayor reflexión y madurez la providencia y solución que consta de su acuerdo, y en su consecuencia se formó la minuta del despacho que se ha puesto, habiendo estimulado al Conse- jo para la determinación que comprende las pruebas y justificaciones que en él se enuncian, por las que constó y se hizo ver que el terri- torio de los Padres de la Compañía para misionar en el Nuevo Reino de Granada, se circunscribe a la parte de allá del río Orinoco, y el de los Capuchinos de Caracas a la parte de acá, y que, por estar en este sitio el pueblo de Cabruta, les pertenecía y pertenece a los Capuchinos, por no poder los Jesuitas entablar misiones ni edificar pueblos en otro paraje que el que les está señalado de la otra parte opuesta del río Orinoco, lo que más bien se comprobó con el reconocimiento de caer dicho pueblo de Cabruta en el territorio y jurisdicción de la ciudad de San Sebastián de los Reyes, una de las que se hallan subordinadas al

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz