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MISIONDE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 9 ido muchas veces y éstos suelen ser ordinariamente quien levanta a los demás. Lo nono: que será conveniente que, por hallarse el pueblo de los gayoncs del río Cojede, en la jurisdicción de la villa de San Carlos, que el teniente de dicha villa sea justicia de dicho pueblo, como lo es de los demás de la jurisdicción, y sobre la demora. Lo décimo: que tengo que comunicar con mi prelado ciertos puntos sobre la regular observancia de dichas misiones y otras depen- dencias, que no conviene fiarlas de la tinta, y poder satisfacer a las dudas que se pueden ofrecer. Estos son los puntos principales que puedo declarar a V. S. para que, según la cédula de S. M. que juntamente con este mi exhorto presento a V. 5., se sirva de informar a Su Majestad de la impor- tancia de ellos, reservando lo demás, como llevo dicho, por conve- nir así a su real corona. A V. S. pido y suplico haya por presentado este mi exhorto, cédula y motivo, para que, concediéndome lo en él contenido, pase a España, y de este papel y lo a él preveído por V. S. se me dé testimonio por convenir así a mi derecho: que recibirá merced con justicia que pido, etc. Fray Marcelino de San Vicente, indigno Prefecto. Auto. - En vista de la real cédula y las causas y motivos expre- sados para seguir el viaje a la corte el M. R. P. Fray Marcelino de San Vicente, Prefecto de las misiones de esta provincia, y en atención a que los demás religiosos están impedidos por sus achaques como por años, y lo comunicado por dicho M. R. P., dijo que concedía y conce- di la licencia pedida y pueda seguir su viaje por lo que toca a este gobierno, y dénsele los testimonios que pidiere autorizados en pública forma. Don Nicolás Eugenio de Ponte. Proveyólo el señor Maestre de Campo Don Nicolás Eugenio de Ponte, caballero del Orden de Calatrava, gobernador y capitán general de esta provincia de Vene- zuela por S. M., que lo firmó en Caracas, en 14 de diciembre de 1700 años. - Ante mí, Francisco Atienza, escribano público.

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