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190 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA pacho en 20 de agosto de 1724 a la Audiencia de Santa Fe, a cuya jurisdicción estaba entonces agregada esa provincia, para que infor- mase con toda claridad y distinción lo que se le ofreciese en la ma- teria, a fin de tomar la providencia conveniente; y después, el año de 1725, noticioso el referido Prefecto de las misiones de estar dadas diferentes providencias tocantes a ellas y no haber llegado a sus ma- nos, pidió se sobrecartasen y, siendo una de ellas la presente sobre la navegación del expresado río, se ordenó a mi Audiencia de Santo Domingo, a cuya jurisdicción estaba devuelta esa provincia, por des- pacho de 5 de diciembre de 1726, que hiciese ci informe que estaba mandado a la de Santa Fe por el citado despacho de 20 de agosto de 1724, la cual en su vista y con inserción de él remitió provisión a ese gobierno, en 7 de julio de 1724, por que la informase sobre d asunto con individualidad y justificación, y por otro despacho de la propia fecha rogó al obispo de esa diócesis ejecutase lo mismo por dar con uno y otro informe cuenta de todo a mi Consejo de las Indias; y ahora, en carta de 8 de octubre de 1728 dais cuenta con testimonio de los inconvenientes que tiene la permisión de hacerse navegable el mencionado río Yaracuy, como lo solicitan los expresados misione- ros, sin la reflexión de las perjudiciales resultas que en este particu- lar se ofrecen. Y, habiéndose visto en el referido mi Consejo con lo que en su inteligencia expuso mi fiscal, como quiera que para la de- terminación de este punto se requiere que los informes que previno mi Audiencia de Santo Domingo sean con justificación y claridad y éstos no se han recibido, ha parecido ordenaros y mandaros, como lo hago, remitáis el que os está pedido en este asunto con todas sus circunstancias, en la inteligencia de que, por despacho de este día, se encarga lo mismo al obispo de esa Catedral, lo que ejecutaréis pun- tualmente para en su vista determinar lo que tuviere por conveniente. Fecha en Antequera, a 16 de marzo de 1730.— Yo el Rey.— Por mandado del rey nuestro señor, Don Jerónimo de Ustáriz.

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