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188 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA 201 Cédula al Prefecto de la misión de los Llanos participándole que, no obstante lo determinado anteriormente, :en adelante los tenientes de justicia en los pueblos de españoles fundados por los Capuchinos, serían nombrados por los gobernadores de Venezuela.— Sevilla, 27 octubre 1729.— Original (AGI, Indiferente general. 2879, Registro de cédulas, FF-16, Ef. 340v.-342). El Rey. Prefecto de las misiones de Capuchinos de los llanos de Cara- cas en la provincia de Venezuela: en carta de 5 de octubre de 1728 dio cuenta con testimonio Fray Salvador de Cádiz, Procurador de las Misiones, en vuestro nombre, de haberos despojado mi gobernador Don Lope Carrillo de Ja posesión en que se hallaban los religiosos que obtenían vuestro empeño, en virtud de una cédula expedida el año de 676 para poder nombrar tenientes en los pueblos fundados para res- guardo de dichas misiones; suplicónie que, para evitar los atrasos y daños que pueden seguirse con esta novedad, fuese servido mandar al expresado mi gobernador mantuviese a esas reducciones la facultad que por la referida cédula les estaba concedida arregladas en todo a su contenido. Sobre cuyo asunto informa también a favor vuestro el obispo que fue de esa diócesis Don Juan José de Escalona y Calata- yud, en carta de 4 de octubre próximo pasado. Y habiéndose visto en mi Consejo de las Indias con los antecedentes de esta materia y teniéndose presente otra del mencionado Don Lope Carrillo, del 1 del mismo mes y año, en que da cuenta de haber puesto teniente en el pueblo fundado de los Cerritos de Cocorote, no obstante la con- tradicción hecha por vuestra parte, con lo que en inteligencia de todo expresa mi fiscal; como quiera que la facultad concedida a esas mi- siones por la enunciada cédula del año de 76 fue en los principios de las reducciones antes de guardarse pueblos, cuando no estaba intro- ducido, como ahora, en esa provincia, el comercio ilícito de las na- ciones extranjeras, y que al presente se necesita para evitarle que Ja persona que se nombrare para teniente sea de la mayor satisfacción práctica, desinterés y celo, he tenido por bien aprobar, como lo hago, por despacho de este día, el nombramiento de teniente hecho por el referido Don Lope Carrillo, no obstante la oposición que a ello

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