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170 PUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA parado de la de Barquisimeto, por ser paraje fértil y acomodado, que puede servir para defensa de enemigos por aquella parte; y otro en la sabana de Buría, para resguardo de la misión que allí existe, al cual se le dé asimismo título de villa, por haber en aquel paraje mu- chos indios que se pueden reducir a obediencia. Al mismo tiempo el cabildo de Barquisimeto, con otra carta de 10 de diciembre del mismo año de 1725, que con memorial se presentó, hace manifestación de las diligencias hechas por uno de los alcaldes de dicha ciudad en los valles de su jurisdicción y cerros de Cocorote, en donde están poblados in- dios guamos que andan dispersos y vagos por aquellos montes, a fin de reconocer el río Yaracuy que pasa por aquellos parajes, el cual le han hecho navegable para comerciar con extranjeros holandeses y es- pecialmente por los cerros de Cocorote donde han abierto bocas para navegación con canoas que fabricaron. Lo que obligó a dicho alcalde, para extinguir este comercio, en virtud de cédula expedida a este fin el año de 1724, al derribo de las chozas del Cerrito de Cocorote, así por haberles amonestado a aquellos habitadores se fuesen a vivir a las ciudades, como porque a la sazón, en la boca del referido río, se hallaron diferentes canoas con algunas mercaderías y dos hombres con cartas escritas en cifra, que dijeron ser de un judío llamado Elías de la Torre, vecino de Tucacas, dirigidas a personas habitantes en dicho cerro de Cocorote, que fueron las que se querellaron de ello en Ca- racas, suponiendo el referido cabildo tenía autos formados también ante el eclesiástico para derribar la iglesia de dicho pueblo aumentas dos al todo del asunto. Y con este motivo y proponer ser perjudicial las poblaciones que pretende la misión en los referidos parajes y per- suádese llevar en sí el fin de que sus moradores introduzcan por ellos sus comercios, añadiendo que la licencia que dieron los alcaldes de Caracas a la misión para fundar los dos pueblos fue nula, por no haber sido citado para ello dicho cabildo ni oídole sus derechos; por lo cual habiéndose restituido Don Diego Portales a aquel gobierno y pedídole ci cabildo traslado de los autos formados sobre esta licencia para alegar y no haberla conseguido, me suplicaba mandase oirle en justicia mi Consejo de las Indias, o que se sometiese el conocimiento de lo expresado al ministro que fuese servido, sin innovarse en la población, aprobándole lo ejecutado, ordenando que dentro de un breve término sustanciase y determinase el gobernador los autos pen- dientes entre los indios, los misioneros y dicho cabildo, otorgando las

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