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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 157 V.M., dice: que obedeciendo la real cédula, su fecha de veinte y uno de febrero de setecientos y veinte y cuatro, que recibió en la suspen- sión de su gobernador Don Diego Portales, que se dirige a la extinción del ilícito comercio que tan rápidamente se practica en aquella provin- cia, con sus frutos de cacao y tabaco, con ropas y géneros extranjeros y especialmente con los holandeses, y que, como es público y notorio, nacía este daño de haberse tolerado por algunos gobernadores y por otros consentido de los que habían sido de aquella provincia, por sus fines particulares, en ofensa a la divina Majestad, perjuicio considera- ble de la real hacienda y de los vecinos de aquella ciudad y pueblos de su circunvalación, que en los Cerritos de Cocorote, en la jurisdic- ción de dicha ciudad, se agregasen y fundasen a modo de población de bohíos los indios guamos, los que, patrocinados de gente de la tierra adentro, así vagabundos como comerciantes, habían por aque- lla parte aumentado el ilícito comercio, por haber éstos dado comu- nicación al río Yaracuy con el mar, y con la disposición que tienen de canoas, que, como diestros en su construcción, fabrican, comercian con los holandeses no sólo los frutos que ellos cultivan sino es asimis- mo los que les conducen de aquella provincia y de fuera de ella otros particulares por el flete que les pagan de su navegación y conducción a los navíos y retorno de los géneros y ropas que reciben en pago. Y, aunque por algunos gobernadores y justicias de aquella ciudad y jueces de comisos se había procurado echar tapas por diferentes partes al dicho río para impedir ci tráfico con las canoas y sucesivamente para extinguir este comercio, unas veces se había resistido e impedido por los indios con las armas, y otras que se había logrado el ponerlas, las h. quitado, llegando su desorden y poco temor a tan superior fuerza que, olvidados de la obligación de aprender la lengua española, que la saben muy pocos de ellos y torpemente, y de instruirse en la fe cató- lica que la ignoran los más, suscitan ferias y mercados de fruto de aquella tierra por géneros extranjeros en el territorio de los llanos y cerritos que ocupan, como si fuesen absolutos y no sujetos a soberano dominio, por lo que se cree no ser suficientes las fuerzas de esta ciu- dad para extinguirle. Y, aunque en obedecimiento de la citada real cédula, se deliberó por el alcalde ordinario de dicha ciudad, Don Simón López Barahona, por su proveído de veinte de noviembre de mil setecientos y veinte y cuatro, el pasar personalmente con escolta de gente a su costa a los ex-

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