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110 FUENTES PARA LA HiSTORIA COLONIAL DE VENEZUELA de Burla, hallé a los indios del dicho pueblo muy desconsolados, los cuales, entre otras cosas en que me pidieron en la visita pusiese reme- dio, fue la una el que mandase al religioso que lo doctrinaba, no los mudase del sitio en que se hallaban poblados por estar ya en él conna- turalizados y gustosos. Y, habiendo indagado el fundamento de esta queja, hallé que el referido religioso estaba de su propia autoridad fa- bricando una nueva iglesia cerca de una legua del pueblo para mudar al dicho sitio la referida población con todos los indios. Y, siendo esta resolución en contravención de una real ley de V.M. y de otra real cédula, su fecha en Madrid, a 11 de junio del año de 1699, en la que V.M. se sirve de mandar que ningún Prefecto, pre- sidente ni ministro puedar mudar ni alterar pueblo, una vez fundado, sin orden expresa de V. M,, y, en atención a estas reales órdenes y a lo que para su más exacto cumplimiento se habla determinado en el Capítulo que se celebró en estas misiones el año pasado de 1724, y teniendo también presente el agravio que se les hacía a aquellos mise- rables indios desaforándolos de sus tierras que poseían y tenían ya cul- tivadas, precisándolos a desampararlas y mudarse contra toda su vo- luntad a otro sitio malsano y (le grandes incomodidades, le mandé al dicho religioso, en presencia de testigos, desistiese de semejante inten- to, reconviniéndole con la real ley y cédula expresada de V.M., y con lo que en el Capítulo se tenía nuevamente ordenado, para que por ningún pretexto se hiciera novedad en los pueblos ya fundados. Y, habiendo el dicho religioso proseguido contumaz en el inten- to primero de mudar el pueblo, coadyudando a ello algunos de los re- gidores del cabildo de la ciudad de Barquisimeto, los que, llevados de la pasión que contra los misioneros tienen, pretenden con repetidas molestias que nos hacen, arrojarnos de su jurisdicción, sabiendo que el dicho religioso había pasado a la ciudad de Barquisimeto a pedir ante los alcaldes de dicha ciudad mandasen mudar el pueblo al sitio en donde el dicho pretendía, y habiéndome al mismo tiempo avisado cómo con esta determinación se hallaban los indios del referido pueblo gravemente consternados y que decían que, si los mudaban a otra par- te, se habían de huir a los montes, reconociendo los inconvenientes que se podían seguir, si el dicho religioso presentaba escrito ante los alcaldes de Barquisimeto, ci que los dichos sin conciencia del caso y sin tener presente las reales leyes de V.M. determinasen cosa no con- veniente al servicio de V.M. y bien de las misiones, no teniendo por
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