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646 INDICES I quia, nombramiento de cura y señalamiento de diezmos de San Carlos de Austria, ordenando lo que debe hacerse para la designación del religioso que desempeñe dicho cargo.— Madrid, 22 septiembre 1689 ............... 428 76 . —Cédua al Marqués del Casal, gobernador de Venezuela, por la que permite a los misioneros de los Llanos formar con los negros huidos una población, y que el teniente de San Carlos de Austria visite dos veces los pueblos misio- nales.— Madrid, 22 septiembre 1689 ............... 430 77 —Cédula al Prefecto P. Pablo de Orihuela para que las en- tradas a los indios para su reducción no se hiciesen con • gente armada, advirtiéndole también que dicha reducción debía llevarse a cabo con blandura por medio de la pala- bra evangélica, y además que estaba quitado el servicio personal de los indios.— Madrid, 22 septiembre 1689 . . 431 78.—Cédula al Prefecto P. Pablo de Orihuela para que los hijos de los indios que, al parecer, habían estado en rehenes, sean entregados inmediatamente a sus padres.— Madrid, 5 diciembre 1689 ............................... 433 79.—Cédula al gobernador de Venezuela para que los misione- ros de los Llanos enseñen a los indios la lengua castellana se establezcan escuelas y maestros con tal objeto de en- y señar la lengua a los naturales.— Madrid, 5 diciembre 1689 434 80. —Cédula al Prefecto P. Pablo de Orihuela para que no ejerza en modo alguno jurisdicción civil y se contenga solamente dentro de los límites de la eclesiástica.— Ma- drid, 5 diciembre 1689 .......................... 435 81.—Cédula al Marqués del Casal, gobernador de Venezuela, para que se pongan en los pueblos misionales de los Llanos cajas de comunidad, en las que debían ingresar todos los productos del trabajo de los indios y de ello proveer a las necesidades del culto, sustento y vestido tanto de los reli- giosos como de los indios.— Madrid, 5 diciembre 1689 436 82.—Cédula al gobernador de Venezuela para que se pongan bajo las órdenes y régimen del obispo las poblaciones mi- sionales de los Llanos, cuyos indios estuviesen debida- mente instruidos y preparados.— Madrid, 5 diciembre - - ............. 437

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