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542 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA gitivOS por medio de la predicación evangélica, pudiesen llevar en su compañía españoles con armas de las ciudades circunvecinas y de las villas que por dicha junta se mandaron poblar, para que sirviesen de escoita y resguardo de los misionarios; y, respecto de la barbaridad de este gentío y demás motivos y razones que parecieron convenientes y que para la satisfacción de los costos y trabajo que los españoles habían de tener en ir acompañando a los misionarios, se repartiesen los indios que se redujesen y sacasen entre dichos españoles por tiempo de diez años, con la obligación de doctrinarios, sustentarlos y vestirlos, y de estar los misionarios a la mira para no consentir se les hicisen a los indios agravios ni vejaciones, y que, cumplidos los diez años, se pu- siesen en las poblaciones de la misión y en las demás que se fueren formando. Y, siendo aprobado por S.M. todo lo determinado en dicha junta en su conformidad se pobló la villa de San Carlos de Austria y se hi- cieron diferentes entradas con los vecinos de dicha villa, a quienes se repartieron los indios que se iban sacando, guardándose puntualmen- te lo dispuesto en esta razón por dicha junta, hasta que, por algunos informes que se hicieron a S.M., mandó suspender dichas entradas pro- hibiendo el que se llevasen españoles armados. Y, conociendo que mediante dicha prohibición no podíamos au- mentar las misiones y poblaciones que tenemos y ser inútiles nuestra asistencia, no pudiéndose conseguir la conversión y reducción de tanto infiel, sino es con la escolta de españoles, ocurrí en nombre de la mi- sión y con la orden y obediencia del Prefecto que entonces era, a los pies de S.M. y a su Real y Supremo Consejo de Indias, con los ins- trumentos y recaudos necesarios, y, habiendo representado las causas y razones que concurrían para que se continuasen las entradas en la forma referida y lo necesario que era la escolta de españoles, pues sin ella no se pudiera conseguir ningún fruto, vista la materia con la ma- durez, celo y cristiandad que convenía por los señores del dicho Real Consejo y su fiscal, S.M. fue servido de resolver corriese lo que hasta aquí se ha practicado en estas reducciones por los religiosos, llevando escolta de españoles, con calidad de que no ofendan primero a los in- dios ni los maltraten sino es en caso que ellos se pongan en armas y los provoquen, derogando en cuanto a esto las órdenes que hubiere en contrario, y que los indios y los apóstatas y fugitivos que se sacasen,

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