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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 473 interrogatorio, que en ello recibiré bien y merced, con justicia que pido y en lo necesario, etc.— Fray Ildefonso de Zaragoza. 87 Carta del gobernador de Venezuela al rey, en que le participa haber recibido una cédula de 5 de diciembre de 1689, por la que se manda que los misioneros no ejerzan la jurisdicción civil; expone al propio tiempo que eran exagerados los informes dados y que los religiosos trataban a los indios con mucha amabilidad. -Caracas, 20 septiembre 1690.— Original (AGI, Santo Domingo, 222). Señor: Vuestra Majestad, por su real cédula de fecha de 5 de diciembre del año antecedente a éste, se sirve prevenirme se ha tenido noticia que en las cuatro poblaciones, tres de indios y una de españoles, que están a cargo de los misioneros capuchinos de esta provincia, tienen los religiosos de ella el gobierno de la jurisdicción real y espiritual, nombrando capitanes, mandando prender y castigar a los indios, con- denándolos a servidumbre, y que en el pueblo de San Antonio de Araure tienen los religiosos en su casa cepo en que a su arbitrio se castiga a los indios, siguiéndose de ello gravísimos inconvenientes, teniéndose este gobierno por irregular respecto de oponerse al insti- tuto y empleo de estos religiosos, encargando por despacho del mismo día a su Prefecto que él y ellos se contengan en el uso de la juris- dicción eclesiástica, que por breves apostólicos les toca mientras los pueblos se conservan en el estado que se previene y encarga a los jueces eclesiásticos en las leyes de la nueva recopilación de estas In- dias, sin pasar a usar la jurisdicción secular, que no les toca, pues para su uso se pudiera nombrar, si hubiese razón especial, corregidores alcaldes y regidores de los mismos indios, y asimismo un fiscal para que los saque a misa, como está prevenido: que esté en cuenta de ello y yo solicitarlo por mi parte su cumplimiento, estando a la mira de su observancia, de que quedo advertido para dar cuenta a V.M. en las ocasiones que se ofrecieren en ejecutar con toda puntualidad. Y

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