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464 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA quedaba en su fuerza la merced de que se premiase a los seglares que asisten a los misionarios con legitimidad, y no a los otros militares, que sin ellos, con diferentes pretextos, habían sacado los que poseían por su vida, y no así los de las misiones, que son por término limita- do de los diez años, en que no hallaba inconveniente, mas sí conve- niencia grande como no se les falte a ninguna de las calidades con que se les dan, de enseñarles las cosas de nuestra santa fe en la len- gua casteilana para que olviden la materna, sustentarlos, vestirlos, curarlos en sus enfermedades, dándoles las herramientas para algún trabajo, en los que ocuparen, cuidarlos y celándolos de que vivan como católicos en el santo temor de Dios; y que, luego que cumplan los diez años de su encargo, los dejen libres como vasallos de Su Majestad, sin ninguna retención para su enseñanza ni otra causa. Y porque el gentío es cortísimo de razón, hoigazanes, viciosos, sin en- tender en ningún género de trabajo ni cultivar la tierra, que dicen los de su naturaleza estar lo más del año llenas de agua con ríos y esteros, sustentándose del pescado de ellos y de lo b pocos que matan con las flechas, y sacados de esta ociosidad a tierras en que se solicitan per- manezcan como plantas nuevas, y para todo necesitan de enseñanza de las cosas divinas, política y labranzas de las tierras para sustentar la vida humana, mostrándoles su beneficio y, a los tiempos de siembra y cosechas, haciendo con ellos el oficio de padre y maestro, a imita- ción de los que son legítimos padres y que a sus hijos los paren, aprender oficios de que vivan, entregándolos con obligación a sus maestros, que les sirvan tantos años para enseñarles su arte, a cuyo fin es el depósito de los diez años, de que se sigue a los indios su mayor habilitación y enseñanza, pues las cosas divinas, su depositario, mujer e hijos, con quien ha de vivir a todas horas de noche, se las cuidan, enseñándoles la lengua castellana con más facilidad que es- tando mezcladas, sobre cuyos particulares se debe encargar la con- ciencia a los Padres misionarios, como quienes tienen la cosa presente, para el descargo de la de Su Majestad, que parece así lo permite en real cédula expedida a petición de Fray Gabriel de Sanlúcar, en que aprobó entrar con armas contra los apóstatas y que las conversiones se hagan como hasta aquí, que han sido con la asistencia de personas en su resguardo. Y para que más bien informado en la pretensión referida y las demás representadas por los religiosos misionarios, será
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